El ascenso del ex comisario García volvió a poner en polémica al sistema disciplinario policial

El ascenso del ex comisario García volvió a poner en polémica al sistema disciplinario policial

Samuel López, ex asesor letrado de la Policía, declaró que no había visto muchos casos como el del ex jefe de Raco

INGRESANDO. Samuel Salvador López se prepara para prestar declaración en el juicio por el crimen de Paulina. la gaceta / fotos de jorge olmos sgrosso INGRESANDO. Samuel Salvador López se prepara para prestar declaración en el juicio por el crimen de Paulina. la gaceta / fotos de jorge olmos sgrosso LA GACETA / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO

La reincorporación de Enrique García al servicio durante 2007, y el posterior ascenso del ex jefe de la comisaría de Raco, volvió a quedar en el centro del debate en el juicio por el crimen de Paulina Lebbos. Samuel Salvador López, ex abogado de asesoría letrada de la Policía, hizo hincapié en que en el oficial estaba imputado en una causa judicial vinculada con el homicidio de la joven, por lo que no estaba en condiciones de ser reintegrado a la fuerza.

Curiosamente, luego adhirió a la posición de su ex jefe respecto de consentir la vuelta del comisario, que se conoció unos 11 meses después de su negativa oficial, pese a que el estado procesal seguía siendo el mismo.

García fue condenado en 2013 a cinco años de prisión por falsificación de instrumento público. También recibieron sus respectivas penas Manuel Yapura y Roberto Lencina. En particular, el comisario fue considerado culpable de haber adulterado actas y firmas durante la investigación del crimen de Lebbos. El proceso penal se había iniciado en 2006.

El ex comisario de Raco estuvo imputado desde ese tiempo e, incluso, fue detenido. En mayo de ese año, la Asesoría Letrada denegó mediante un escrito el pedido de reincorporación del ex jefe policial de Raco, quien había sido pasado ya a “situación pasiva” -sin funciones-. López, justamente, firmó ese documentó y argumentó que el rechazo se debía a la “gravedad del delito, la trascendencia pública del hecho y por la imputación”.

Casi un año después y con una causa penal sin modificaciones, la Asesoría Letrada elevó a la Jefatura de Policía, entonces a cargo del imputado Hugo Sánchez, un nuevo documento en el que se aprobaba la reincorporación del comisario, sustentándose en el artículo 225 del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (RRDP).

Es más, el ex subjefe de la fuerza, Nicolás Barrera, había solicitado a través de una carta el regreso del oficial al “servicio efectivo” para cumplir “funciones internas, sin ejercer acciones operativas y de policía judicial directas”. “El comisario Enrique Antonio García, durante su trayectoria en la Institución, ha demostrado capacidad, carácter, humildad, subordinación y lealtad; personalmente opino que es un elemento humano necesario y recuperable en provecho del servicio, encontrándose dadas las condiciones necesarias para que el comisario Superior, mediante resolución fundada (se) disponga el cese de sus situación de revista pasiva por el proceso (judicial)”, había enfatizado en el escrito.

En 2010, además, García fue ascendido bajo la forma administrativa “antigüedad calificada”. En audiencia, a mediados de agosto pasado, Margarita Gómez, ex titular de Asesoría Letrada, había justificado la habilitación para la promoción del ex jefe de Raco, al argumentar que, si bien la causa por falsificación de documentos públicos estaba vigente en esos tiempos, no contaba con requerimiento de elevación a juicio. Según la funcionaria, esa figura era comparable con la que establece la norma policial: el “auto de procesamiento”.

“Verticalismo”

“Si bien el reglamento del RRDP es del ‘72, más dos o tres reformas del CPPT en la que cambió la expresión, el auto de procesamiento técnicamente era entendida como la declaración de imputado”, rechazó ayer Samuel López, ante el Tribunal.

Tras sustentar su posición, López luego intentó acreditar la resolución de Gómez, al decir que sí hubiese autorizado la incorporación de García ya que, a pesar de que se mantenía la misma situación judicial, había que tener en cuenta “la cuestión temporal”. “No había certeza de cuándo la Justicia podía resolver el caso, mediante condena o absolución, por lo que considero que podía ser reintegrado por el 225”, explicó en la sala.

El asesor, a su vez, expresó que el jefe de Policía (por Hugo Sánchez) tenía la facultad de aplicar los artículos 223 y 225 del RRDP, que facilitaron la inclusión y el ascenso de García. “No vi muchos casos en los que se usaron el 223 y el 225. No era habitual, era excepcional la aplicación”, enfatizó.

Este caso fue señalado durante el juicio por el asesinato de Paulina Lebbos y el encubrimiento, como una referencia de la “retribución” a policías dentro del supuesto esquema de encubrimiento, de acuerdo a las manifestaciones de Alberto Lebbos, padre de la víctima.

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