Ya no rige el impuesto a los 0 km “foráneos”

Ya no rige el impuesto a los 0 km “foráneos”

La Provincia promulgó las modificaciones al Código Tributario La norma gravaba con un 3% de Sellos a los vehículos adquiridos fuera de la jurisdicción provincial. En la Justicia.

“ADUANA INTERNA”. El artículo obligaba a pagar un 3% de sellos por comprar fuera de Tucumán. la gaceta / foto de Hector Peralta (archivo) “ADUANA INTERNA”. El artículo obligaba a pagar un 3% de sellos por comprar fuera de Tucumán. la gaceta / foto de Hector Peralta (archivo)
06 Enero 2018

A lo largo de más de una década sumó reproches y hasta varios planteos de inconstitucionalidad. Finalmente, el 2017 cerró definitivamente con una vieja polémica tributaria en Tucumán: la Legislatura derogó el cobro del 3% del impuesto a los Sellos para vehículos adquiridos fuera de la jurisdicción provincial.

La norma había sido abordada en el recinto parlamentario en la última sesión del año pasado, concretada el 14 de diciembre. Ese día, en el marco de la aprobación del Consenso Fiscal entre las provincias y la Nación, se modificaron alícuotas de Ingresos Brutos al Código Tributario y, en el proyecto del Poder Ejecutivo, se incluyó la eliminación de ese tributo en uno de los tantos anexos debatidos en el recinto.

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El proyecto del Poder Ejecutivo había ingresado dos días antes al Poder Legislativo, con la firma del gobernador, Juan Manzur; y del ministro de Economía, Eduardo Garvich. El texto iba en consonancia con otras iniciativas impulsadas desde las bancas por parlamentarios opositores a lo largo de los últimos años. La última registrada correspondía al 28 de noviembre, con la firma de los radicales Ariel García y Fernando Valdez y la peronista Stella Maris Córdoba. Finalmente, las modificaciones fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia el 28 de diciembre, dentro de la Ley N° 9.071.

“Se deroga la alícuota del 3% en el Impuesto de Sellos para los actos que tengan por objeto la transmisión de la propiedad de automotores O (cero) kilómetro en general, cuando los mismos son adquiridos en extraña jurisdicción, eximiéndolos directamente en el artículo 278 del Código Tributario Provincial”, reza el texto de la nueva norma.

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“Había proyectos presentados en la Legislatura, que los hemos tratado juntamente con el Poder Ejecutivo, referidos a la eliminación de (esa carga), para que queden subsumidos ya que fueron en su oportunidad legisladores de esta casa los que propusieron la eliminación de ese 3%”, expresó el vicepresidente primero de la Cámara y presidente de la Comisión de Hacienda, Juan Antonio Ruiz Olivares.

Los argumentos

Mediante los decretos 4.271/3 y 4.563/3, el ex gobernador José Alperovich había ordenó gravar con un 3% de impuesto a los Sellos sobre el valor del vehículo, a los patentamientos de automóviles adquiridos en concesionarias situadas fuera de la provincia y a los comprados en Tucumán, pero no en concesionarias oficiales.

En aquel entonces, el Gobierno argumentó que era “prioridad para el Poder Ejecutivo la implementación de políticas que promuevan y estimulen el crecimiento de la economía provincial”.

Además, el decreto 4.271, de noviembre de 2004, señalaba que los cambios introducidos a la normativa tributaria tendían “a transparentar las operaciones de compraventa, permutas y transferencias de los automotores en general, tendiendo a preservar las fuentes de trabajo a nivel local frente a la competencia desleal de operadores foráneos no inscriptos para el pago de Impuestos en nuestra jurisdicción”.

Esta medida, según objeciones judiciales que se multiplicaron durante su vigencia, constituyó una suerte de barrera aduanera en nuestra provincia que afectaba a los consumidores, ya que les encarecía un vehículo que podían adquirir más barato en una concesionaria foránea o en una local tucumano no oficial.

Satisfacción

Los fallos judiciales en contra de la normativa se sucedieron en el fuero contencioso administrativo, donde los magistrados fueron haciendo lugar a reiterados planteos de inconstitucionalidad de particulares.

“Es evidente que el sistema diseñado por el decreto 4271/3 y la resolución general de Rentas 138/04 levanta, en los hechos, una barrera aduanera interprovincial que contradice la libertad constitucional de circulación comercial”, expuso en una sentencia del año pasado la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

“Eliminamos la aduana interna de Alperovich”, se jactó el radical García. Silvio Bellomío, peronista de Cambiemos y vicepresidente de comisión de Hacienda, también ponderó la eliminación de ese impuesto: “celebro que se elimine de una buena vez por todas el famoso impuesto de Sellos a los vehículos comprados fuera de Tucumán, que tenía distintos fallos de inconstitucionalidad”.

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