Ponen la lupa sobre un canon que cobra la SAT

Ponen la lupa sobre un canon que cobra la SAT

El Tribunal de Cuentas insistió con un pedido al Ersept para determinar el monto recaudado por el “cargo especial por infraestructura”.

LA GACETA / JOSÉ NUNO
LA GACETA / JOSÉ NUNO
19 Noviembre 2017

¿Cuánto dinero ingresó a la cuenta bancaria de la Sociedad Aguas del Tucumán (SAT) producto del cobro por el “cargo especial por infraestructura”, que se debe aplicar -por ley- sobre obras nuevas, refacciones y ampliaciones en superficies mayores a 200 m2 de todo Gran San Miguel de Tucumán? ¿Cómo fueron invertidos los fondos? ¿Se cumplió con las normas que condicionan el otorgamiento de certificados de factibilidad al pago de esas obligaciones?

Estas son algunas de las preguntas que pretende contestar el Tribunal de Cuentas (TC) a través de una auditoría que lleva a cabo en el Ente Regulador de Servicios Públicos de Tucumán (Ersept).

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Hasta ahora, el órgano de contralor de las finanzas públicas no habría prosperado en su búsqueda, y por ello insistió con un pedido de informes -previa advertencia de apercibimiento o multa en caso de un nuevo incumplimiento- al titular del Ersept, Sergio Sánchez.

Según fuentes del Ente Regulador, la documentación solicitada ya fue remitida a la sede del TC. Ahora, resta que el tribunal compuesto por Miguel Terraf (presidente), Marcelo Vidal y Sergio Díaz Ricci (vocales) resuelva si la información satisface sus inquietudes.

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El canon fue creado por ley en 2007. En principio se aplicó a inmuebles de la capital, pero a partir de 2012 se amplió al Gran San Miguel de Tucumán. Se trata de una carga especial que deben abonar las “personas físicas o jurídicas” que estén construyendo “de cero”, y que estén refaccionando o ampliando obras en una superficie mayor a 200 m2, siempre que los trabajos “impliquen servicios sanitarios adicionales a los existentes”.

El valor del cargo especial por infraestructura se calcula a partir de una fórmula establecida por la ley 8.561/13. Prevé un coeficiente de redeterminación, que está condicionado por índices del Indec.

La norma asigna el cobro del canon a la SAT, que tras 14 años cambió su conducción. Desde el viernes pasado, Fernando Baratelli se desempeña en la gerencia general de la empresa mixta, en lugar de Alfredo Calvo.

¿Por qué el Tribunal de Cuentas solicita esta información al Ersept? Es que la ley asigna a este organismo la obligatoriedad de constatar el pago del cargo especial por infraestructura antes de proceder a la entrega del certificado de factibilidad al titular de la construcción. Además, la norma establece que quienes abonen el canon recibirán certificados de crédito fiscal válidos para afrontar el pago de impuestos provinciales.

El artículo 9° de la ley 8.561 señala que la SAT debe administrar los recursos percibidos a través de una cuenta especial. “(Las sumas percibidas por el canon serán) destinadas a la ejecución de obras de infraestructura y su mantenimiento, y a la inversión operativa de la empresa, según el plan que la SAT informe al Ersept en forma trimestral”, expresa el texto vigente. Remarca que la Sociedad Aguas del Tucumán debe mantener informado al Ente Regulador sobre “el monto de la inversión operativa” y “los movimientos de la cuenta” en la que se depositan los fondos.

El Tribunal de Cuentas inició una auditoría con el objetivo de determinar si la SAT y el Ersept, “conforme a los regímenes legales aplicables a sus competencias respectivas, observaron estrictamente la normativa reguladora” del cobro del canon y de la entrega de los certificados de factibilidad. Las resoluciones publicadas no consignan la fecha de inicio del trámite, pero el expediente refiere a 2014.

El 6 de septiembre pasado, el TC en pleno firmó el acuerdo 3.590, en el que consta que Sánchez pidió 30 días para reunir la documentación solicitada, lo que fue concedido. El 6 de este mes (es decir, luego de dos meses corridos), el Tribunal de Cuentas advirtió al presidente del Ersept que no había cumplido lo pactado; así, le dio otros 10 días de margen y le indicó que si presentaba “una nueva conducta omisa”, corría riesgo de ser apercibido o multado. En 2014, la Defensoría del Pueblo también trató -sin éxito- de acceder a esas cifras de la SAT.

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