Los últimos seis vetos presidenciales antes de la asunción de Macri

Los últimos seis vetos presidenciales antes de la asunción de Macri

La ex presidenta Cristina Fernández hizo uso del veto de manera parcial y total entre 2008 y 2010.

21 Mayo 2016
1- En 2010, CFK vetó el proyecto de ley del 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil, aprobado en el Senado el 14 de octubre de ese año.

2- En 2009, CFK vetó los artículos 107 y 108 de la ley de Reforma Política, modificando el plazo de personería jurídica de los partidos

3- En 2009, CFK promulgó parcialmente el proyecto de ley de creación del Plan de Emergencias Agropecuarias, afectando sus fondos.

4- En 2009, CFK vetó de forma parcial el proyecto de ley Nº 26.467, para establecer medidas que desalienten el consumo de productos de tabaco.

5- En 2008, CFK vetó de forma total la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglaciar.

6- En 2008, CFK vetó de forma parcial el proyecto de ley Nº 26.337, de Presupuesto General de la Administración Nacional del año 2008.

Cinco claves para entender los vetos presidenciales

1- ¿Un presidente puede vetar una ley?
Por el artículo 83 de la Constitución Nacional, el Poder Ejecutivo puede vetar parcial o totalmente un proyecto de ley sancionado por las Cámaras.

2- ¿Cuándo puede vetarlas?
El Presidente tiene un plazo de diez días para vetar una ley sancionada. El veto puede ser revocado con el voto de dos tercios de cada Cámara del Congreso.

3- ¿Se debe justificar el veto?
El veto del Presidente no requiere de motivos y puede ser efectuado por cuestiones de oportunidad, inclusive sin expresar razones. No está sujeta a control del Poder Judicial.

4- ¿Pueden vetarse sólo algunos artículos del proyecto?
La reforma de la CN de 1994 admitió el veto parcial en el artículo 80. La modificación aumentó el poder del Presidente porque puede elegir los artículos dentro de la ley sancionada.

5- ¿El Congreso puede insistir con el proyecto vetado?
Si las Cámaras ratifican el proyecto de ley sancionado con dos tercios, el proyecto pasará a la Cámara de Revisión. De aprobarse, la ley pasará al PE para su promulgación.

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