Impugnan a la mitad de los candidatos a la Defensoría

Impugnan a la mitad de los candidatos a la Defensoría

Se los objeta por estar afiliados a partidos

NUEVAS AUTORIDADES. En marzo se elegirá al sucesor de Cabral al frente de la Defensoría del Pueblo provincial. LA GACETA / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO (ARCHIVO) NUEVAS AUTORIDADES. En marzo se elegirá al sucesor de Cabral al frente de la Defensoría del Pueblo provincial. LA GACETA / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO (ARCHIVO)
21 Febrero 2016
Casi la mitad de los postulantes a la Defensoría del Pueblo están afiliados a partidos políticos. Así lo sostienen dos impugnaciones presentadas ante la Legislatura, en las que se solicita que no se tenga en cuenta para integrar la terna a 38 de los 82 ciudadanos que se inscribieron para competir por el cargo.

Entre los impugnados están el actual ombudsman, Hugo Cabral; el concejal capitalino David Mizrahi (FpV); los ex legisladores peronistas Fernando Juri Debo e Iván Llorens Dip; y el ex defensor del Pueblo adjunto Damián Paz.

Durante el anterior proceso de selección del defensor del Pueblo, en 2011, la candidatura de Cabral también había sido objetada con el mismo argumento. Sin embargo, el entonces concejal capitalino por el Frente para la Victoria (FpV) fue elegido por la Cámara.

Una de las presentaciones fue realizada por el estudio de abogados C&H Abogados, y apunta contra 34 de los ciudadanos incluidos en la nómina. Pide, además, que se declare la nulidad del llamado a inscripción, ya que en la publicación en el Boletín Oficial se consignó en forma errónea el número de documento de la candidata Olga Ester Rodríguez.

Rodríguez, justamente, es la autora de la otra impugnación. Según su escrito, 35 candidatos estarían inhabilitados para ser defensor del Pueblo por estar afiliados a un partido político.

Las coincidencias entre ambas nóminas de postulantes impugnados son 31, por lo que entre las dos suman 38 nombres. En la lista de impugnados elaborada por Rodríguez, por ejemplo, no figura Juri Debo, quien -trascendió- contaría con el aval del gobernador Juan Manzur.

Incompatibilidad

Tanto la Constitución provincial como la ley de creación de la Defensoría del Pueblo (N° 6.644) prohiben expresamente que el ombudsman esté afiliado a algún partido político.

En su artículo 83, la Carta Magna indica que al defensor del Pueblo le alcanzan las inhabilidades e incompatibilidades de los jueces, definidas en el artículo 123: “no podrán los funcionarios judiciales intervenir activamente en política, firmar programas, exposiciones, protestas u otros documentos de carácter político, ni ejecutar acto alguno semejante, que comprometa la imparcialidad de sus funciones”.

La Ley N° 6.644, en su artículo 8, también hace referencia a las inhabilidades de los magistrados, y agrega: “le está especialmente vedado estar afiliado a partido político alguno, así como la actividad política partidaria”. Sin embargo, el último párrafo de ese apartado hace una salvedad: el ombudsman electo tiene un plazo de 10 días luego de ser elegido y antes de asumir en el cargo para cesar toda situación de incompatibilidad funcional que pudiere afectarlo. En ese argumento basó su defensa Cabral en 2011.

En su presentación, Rodríguez consideró que esa justificación no es válida. “El artículo 8 distingue claramente y con acierto las incompatibilidades de las inhabilidades. Si fueran lo mismo, bastaría con haberlas mencionado con una única designación”, manifestó.

“El último párrafo habilita a que con posterioridad a la designación pueda hacerse cesar sólo ‘situaciones de incompatibilidad’. Ello es lógico porque las inhabilidades, de cualquier orden, son insuperables”, argumentó.

Según la candidata (impugnada, a su vez, por C&H Abogados), la afiliación partidaria sería incompatible incluso al momento de postularse para acceder a la Defensoría del Pueblo.

El período de impugnaciones finalizará el martes al mediodía. Debía terminar el jueves pasado, pero la Legislatura prorrogó el plazo al detectar que la lista oficial de candidatos, publicada en el Boletín Oficial el lunes 15, consignaba erróneamente el nombre de un postulante. A partir del martes se correrá traslado de las impugnaciones, y los objetados tendrán tres días para presentar sus descargos. Luego las comisiones legislativas de Asuntos Constitucionales e Institucionales y de Peticiones y Acuerdos definirán la terna que será puesta a consideración del recinto. Para ser elegido como defensor del Pueblo, el candidato escogido deberá contar con la mayoría absoluta (las dos terceras partes de los votos).

En tanto, el legislador Ramón Santiago Cano (FpV) le respondió a Carlos Duguech, postulante a la Defensoría que lo impugnó como miembro de una de las comisiones de trabajo que definirán la terna. “De ninguna manera me voy a oponer a que el señor Duguech pueda acceder a un cargo en el Estado. Tanto él como todos los ternados tienen las mismas posibilidades”, afirmó el presidente de la bancada oficialista en la Cámara. “Es un opinador serial y gran exponente tucumano en la ciencia de la todología”, ironizó el legislador sobre Duguech.

En un escrito presentado al vicegobernador Osvaldo Jaldo, Duguech recordó que en 2011 denunció a Cano, entonces presidente del Concejo Deliberante capitalino. El motivo fue la sanción de la ordenanza que permitió la instalación de una sucursal de Carrefour en la 25 de Mayo al 300. “Soy un demócrata que respeta el sistema republicano de gobierno y nunca estuvo en mi mente perjudicar a nadie”, aseveró el parlamentario.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios