Es importante llegar sin dudas al cuarto oscuro

Los tucumanos acudirán mañana por tercera vez a las urnas en lo que va del año. En este caso, para elegir Presidente y vice, tres senadores, cinco diputados y parlamentarios al Mercosur.

24 Octubre 2015

En cada elección se recomienda no solamente votar a conciencia, sino también respetando las reglas y conociéndolas, para ejercer este derecho -que a su vez es también un deber- en forma plena. LA GACETA ofrece aquí 26 claves, en formato de preguntas y respuestas, para que el elector y también los ciudadanos que oficiarán de autoridades de mesa -presidente y vocal- sepan qué hacer en los comicios de mañana. Para las autoridades de mesa -muchas de las cuales ejercerán esta función por primera vez- figuran explicaciones sobre cómo inaugurar la votación, cuál será su función durante la jornada electoral, cómo habilitar el cuarto oscuro y la remuneración que percibirán en concepto de viáticos.

También se informa aquí acerca de las sanciones a quienes, sin la debida justificación, no hayan concurrido a ejercer la función de autoridad de mesa encomendada por el Estado, y a quienes, habiéndose presentado al lugar de votación, abandonasen la función sin explicar por qué razón.

En el caso de los electores, también en estos bloques informativos se explican las multas para quien al momento de sufragar revelase públicamente su voto, lo cual está prohibido. Asimismo, se ofrecen respuestas sobre los casos de ciudadanos que el día de la elección tienen obligaciones laborales que cumplir: ¿qué hacer? ¿Cómo excusarse? ¿Cómo justificarlo? También, las multas que se aplican a quienes no justificasen debidamente por qué no irán a votar (por caso, no podrán obtener o actualizar su pasaporte).

El acto electoral es un proceso institucional que demanda una responsabilidad individual y otra de índole colectiva que ameritan información precisa y clara para cumplir con la ley y así afianzar la democracia republicana.

1- ¿Cómo es el proceso de apertura del acto electoral? El presidente llega a las 7.30. Recibe la urna, registros y útiles, y firma un recibo. Luego cierra la urna, poniéndole una faja de papel firmada por él, suplentes y fiscales; habilita la mesa y el cuarto oscuro, tras lo cual a las 8 declara abierta la votación.

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2- ¿Qué pasa si tengo que trabajar durante la elección? Tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores, con el objeto de concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en los comicios, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario.

3- ¿Cómo debe ser el cuarto oscuro? Es el recinto donde los electores ensobran sus boletas. No debe tener más de una puerta utilizable, que debe ser visible para todos, debiéndose cerrar y sellar las demás en presencia de los fiscales de los partidos o de dos electores, al igual que sus ventanas.

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4- ¿Quiénes están exentos de la obligación de votar? Los mayores de 70 años, los jueces y sus auxiliares que deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure la elección y los que hoy estén a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y argumenten motivos razonables.

5- ¿Las autoridades de mesa pueden votar en la mesa donde mañana ejercerán funciones, incluso si figuran en otra? No. Para esta ocasión, la Junta Electoral Nacional designó a las autoridades en las mesas de votación en las que figuran en el padrón. 

6- ¿Y los que estuvieran enfermos? Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor suficientemente comprobada, también están exentos de votar. Las causales deberán ser justificadas por médicos oficiales, provinciales o municipales, o bien, en ausencia de estos, por médicos particulares.

7- ¿Y los fiscales partidarios podrán ser agregados a la mesa que le asignaron? No. En esta oportunidad, el presidente de mesa no podrá agregar en el padrón a ningún fiscal partidario. Estos deben sufragar en la mesa en la que figuran en el padrón electoral. 

8- ¿Qué sanciones se aplican a quien no va a votar sin justificación? Una multa y no se le permite realizar trámites durante un año ante organismos públicos (por caso, no podrá obtener o actualizar su pasaporte). También se lo inhabilita para ser designado en empleos públicos durante tres años.

9- ¿Por qué motivos puedo excusarme de ejercer como autoridad de mesa? Es admitido excusarse de ejercer esa función sólo por razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas. La excusación debió formularse dentro de los tres días de recibida la notificación.

10- ¿Qué es el COA? El Cuarto Oscuro Accesible es un cuarto oscuro especial en el lugar de más fácil acceso y cercano al ingreso de la escuela. Tiene un dispositivo porta boletas con varios bolsillos plásticos que contienen las boletas con la identificación de los números de listas partidarias en relieve.

11- ¿Quiénes están excluidos del padrón electoral? Los dementes declarados tales en juicio, los condenados por delitos dolosos que estén en prisión y los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción, entre otros.

12- ¿Y si me pasó algo después de esos tres días? Entonces, la justificación será objeto de consideración especial por la Junta Electoral. Para la justificación por enfermedad solo tienen validez los certificados extendidos por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal (en ese orden).

13- ¿Quién se encarga de comprobar la existencia suficiente de boletas de sufragio? El presidente de la mesa debe verificar -cada tres votantes- que existan suficientes ejemplares de las boletas de todos los partidos, y no admitirá otras que las aprobadas por la Junta Electoral.

14- Si no está mi foto en el padrón, ¿pueden impedirme que vote? No. La ausencia de la fotografía en el padrón electoral o la discordancia entre ésta y la que figura en el documento del elector no es un motivo para impedir la emisión del sufragio.

15- ¿Cómo se sanciona la no concurrencia o el abandono injustificado de la función de autoridad de mesa? Con prisión de seis meses a dos años a quienes, sin causa justificada, dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas.

16- ¿A qué hora se cierra la votación? El acto electoral finaliza a las 18, en cuya oportunidad el presidente de mesa ordena que se clausure el acceso al lugar de la votación, aunque continúa recibiendo los votos de los electores presentes que aguardan turno, probablemente haciendo cola.

17- ¿Por qué aunque tengo 16 años no figuro en el padrón? Porque no realizó la actualización de los datos obligatoria a partir de los 14 años antes del 28 de abril, fecha de cierre del padrón provisorio, o porque la información no fue remitida por el Registro Nacional de las Personas.

18- ¿Cuáles son las obligaciones de las autoridades? El presidente y el suplente deberán estar presentes en la apertura y clausura de la votación. Su misión es velar por el correcto y normal desarrollo del acto comicial. Al reemplazarse, deben dejar constancia escrita de la hora en que lo hacen.

19- ¿Cómo se sanciona a quien violare el secreto del voto? Con una pena de prisión de tres meses a dos años. También se establece una pena de prisión de uno a 18 meses, al elector que revelare su voto al momento de emitirlo, pero esa circunstancia no invalida el voto emitido.

20- ¿Puedo votar con libreta de enrolamiento o cívica en vez del DNI? Sí lo puede hacer, siempre que no haya gestionado el DNI, ya que no se permite el voto de ciudadanos cuyo documento corresponda a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral.

21- ¿Cobrarán por la tarea las autoridades de mesa? Sí. La Cámara Nacional Electoral estableció que las autoridades de mesa cobrarán en concepto de viáticos $ 1.050 y otros $ 400 si cumplieron con la capacitación (para PASO y generales). Será más del doble que en 2013 ($ 600).

22- ¿Quiénes son los delegados judiciales? Son designados por los juzgados federales electorales para actuar como nexo entre la justicia electoral, las autoridades de mesa, los fiscales partidarios, la ciudadanía y el personal de seguridad. Contarán con un chaleco y tarjeta identificatoria.

23- ¿Puedo mezclar candidatos de diferentes partidos? Sí. Los electores pueden cortar los votos por categoría para combinar los candidatos que desee, de diversos partidos. En el caso de que no meta en el sobre el paño de alguno de los cargos, será considerado que votó en blanco para ese puesto.

24- Soy presidente de mesa, ¿alguien puede obligarme a agregar votantes en el padrón? No. Ninguna autoridad, ni aún el juez electoral, podrá ordenar al presidente de mesa que admita el voto de un elector que no figura en el padrón de esa mesa.

25- ¿Cómo se chequea la identidad de un elector? El presidente de mesa comprueba que el documento presentado se corresponde con el que aparece registrado. El presidente de mesa puede interrogar al elector sobre las diversas referencias y anotaciones en su documento. 

26- ¿El recuento de voto se hace en la escuela? Sí. Las autoridades de mesa harán el conteo de votos. Los fiscales de los partidos sólo observan. Deberán llenar el telegrama en el que constarán los resultados. Luego, entregarán al empleado del correo ese documento. 

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