Obtuvo el fallo para la doble candidatura, pero Cano analiza ir sólo para gobernador

Obtuvo el fallo para la doble candidatura, pero Cano analiza ir sólo para gobernador

En las primeras filas del acuerdo opositor alegan falta de recursos para que sus dos referentes se postulen en las PASO y las provinciales. El PRO presentaría una lista propia, en caso de que el referente radical desista de competir para senador en la boleta de Macri.

Obtuvo el fallo para la doble candidatura, pero Cano analiza ir sólo para gobernador
17 Junio 2015
La Justicia provincial paralizó la aplicación de la ley que prohíbe las dobles candidaturas respecto del diputado José Manuel Cano, quien había objetado la constitucionalidad de la reforma electoral sancionada en mayo por la Legislatura a instancias de la Casa de Gobierno. El referente de la Unión Cívica Radical (UCR), sin embargo, podría desistir de presentarse como postulante en simultáneo para la Gobernación y para el Senado de la Nación, como había expresado para legitimar su planteo ante el fuero en lo Contencioso Administrativo.

“Nuestro objetivo es ganar la elección provincial del 23 de agosto para devolverles a los tucumanos la posibilidad de tener un Gobierno decente, que se ocupe de sus problemas. Alperovich ya perdió, no importa cuál sea el resultado de las PASO. Su modelo agotado se refleja en listas de candidatos llenas de familiares y amigos que buscan protección del poder e impunidad. No hemos decidido si participaremos de los comicios nacionales. Tenemos plazo hasta el sábado para resolver. Lo importante hoy es que hemos logrado nuestro objetivo de defender la Constitución y la igualdad ante la ley”, señaló el radical, que se presentará en la fórmula junto al intendente Domingo Amaya bajo el sello del Acuerdo para el Bicentenario (ApB).

Ayer, a instancias de un planteo formulado por Cano, la sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que integran Ebe López Piossek y Sergio Gandur, dictó la medida cautelar que había solicitado el opositor en el ámbito de una acción de amparo, según indicaron fuentes tribunalicias y de la UCR. También ayer, la Sala II de ese fuero, que componen los vocales Carlos Giovanniello y Rodolfo Novillo, emitió otra cautelar similar en el juicio que habían promovido los peronistas disidentes Oscar López y Jesús Pellasio, del Partido FE.

Si bien ambas decisiones sólo surten efectos en los casos concretos, valen como antecedente para otros posibles interesados. De hecho, más allá de que la ley había sido solicitada por el gobernador José Alperovich (quien además es primer senador suplente por el FpV), trascendió que la Casa de Gobierno no apelará las decisiones de las salas II y III.

Cano, quien había argumentado en su demanda de inconstitucionalidad que el Acuerdo para el Bicentenario lo iba a postular para gobernador y para senador, ahora revisa esa estrategia.

En las primeras filas del armado opositor alegan, en off the record, que no alcanzan los recursos para realizar una campaña con miras a las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 9 de agosto, y a las provinciales del 23 de ese mes (es decir, dos semanas más tarde). Esos estrategas defienden la idea de priorizar los comicios locales. “No hay necesidad de exponer a nuestros dos referentes en las nacionales, que, para colmo, se definen más por el candidato a Presidente que por el senador o el diputado que va en la boleta”, analizó un armador. Cano tiene todavía tiempo para definirse. Dirigentes de su espacio y otros opositores lo esperan.

El PRO es uno de ellos. En mayo, el radical se había mostrado con el candidato a presidente y jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri. Los armadores del partido amarillo en Tucumán miran de reojo la alianza del ApB desde que el frente denegó al legislador Alberto Colombres Garmendia el apoyo para la Intendencia de Yerba Buena. Si el ApB decide postular para senador o diputado a alguien que no sea Cano (tomaron mayor fuerza Silvia Elías de Pérez, Luis Sacca y Federico Romano Norri), entonces el macrismo conformaría una lista con nombres propios. Suenan Facundo Garretón y Pablo Walter. El Frente Renovador (FR) tendría tomada la decisión de elevar una boleta con nombres del massismo. Gerónimo Vargas Aignasse seguirá como postulante a intendente, aunque el actual legislador siempre repite que hará “lo posible por ayudar a Sergio Massa”, el presidenciable de FR. Así, las consecuencias políticas de las cautelares que avalan las dobles candidaturas aún están por verse. Por lo pronto, cada espacio analiza el camino a seguir. Y Cano, pese al fallo y sus aspiraciones iniciales, todavía puede cambiar su estrategia.

Claves del fallo

Dos sentencias.- Ayer, durante la mañana, las salas II y III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo emitieron las medidas cautelares en las causas iniciadas, en paralelo, por el diputado radical José Cano y por los peronistas disidentes Oscar López y Jesús Pellasio. Fuentes de la UCR confirmaron que la cautelar a favor de Cano ya está firmada por los vocales de la Sala III y que hoy sería oficializada. Aún no se difundieron las copias de esa sentencia. En cambio, sí se divulgó el contenido de la decisión de la Sala II referida a un planteo del Partido FE.

Tiempos.- La cautelar de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo enfatiza que la ley que veta las dobles candidaturas fue sancionada en mayo, cuando el decreto de convocatoria para llamado a elecciones ya había sido firmado por el gobernador José Alperovich. “Parecería claro que, por decreto y resolución de marzo, se habría definido el derecho objetivo aplicable a las elecciones provinciales, municipales y comunales que tendrán lugar el 23 de agosto, y que, por dos leyes de fecha posterior, se habría variado el régimen que –hasta entonces- regía en el ya iniciado proceso electoral”, dijo el presidente Carlos Giovanniello.

“Enseñanza”.- “Parecería atinente la enseñanza contenida en el artículo 154 de la Constitución de Tucumán que, al regular el método de elección de los convencionales reformadores, previene acerca de que debe estar ‘de acuerdo al régimen que establezca la ley electoral al momento de la convocatoria’. Salvando las diferencias, lo cierto es que la norma constitucional parece sentar con nitidez una regla y principio de transparencia electoral, cual es que el derecho objetivo aplicable a unas elecciones en curso debe quedar definido y zanjado ‘al momento de la convocatoria’”, agregó el magistrado.

Comentarios