El ámbito en el que vive la persona es determinante

Una abogada analiza las acciones judiciales que tienen a la modificación de un nombre

28 Julio 2012
Si a una persona no le gusta su nombre y preferiría tener otro no puede cambiarlo sólo por ese motivo, explica la abogada Malena Kareen Totino Soto. La razón de esta prohibición es el principio de inmutabilidad que rige en nuestro país.

Según la ley 18.248, que regula el nombre personal en la Argentina, la elección del nombre de pila que realizan los progenitores es definitiva. La inmutabilidad se funda en la función identificatoria de la persona y en que, en el supuesto de permitirse modificar libremente el nombre, ello provocaría inseguridad, facilitando engaños y fraudes, entre otras cosas.

De acuerdo a los casos analizados por Totino Soto, las acciones judiciales que tendieron al cambio de nombre se basaron en motivos individuales, privados, psicológicos o de género que tenían que ver con el ámbito de relación en el que las personas viven diariamente. Según dijo, este ámbito de relación es lo que la jurisprudencia ha denominado "públicamente conocido".

"Las razones por las que se promueve la inmutabilidad del nombre se concentran en una cuestión de orden público estatal que se reduce a la individualización de la persona. La seguridad jurídica en las transacciones, la identificación de deudores y acreedores y la persecución penal no son más que consecuencias de esa individualización", sostuvo la letrada, docente de Derecho en la Universidad de Buenos Aires (UBA).

Según la especialista, con los últimos cambios normativos, el nombre se amplió en cuanto refiere también a la cuestión de género de la persona y se asocia actualmente a una imagen determinada. "La cuestión de género no la podemos soslayar por eso que tiene nuestro lenguaje en el que el nombre está asociado casi siempre con las categorías femenino-masculino, cosa que no sucede con otros lenguajes", resaltó.

En la opinión de Totino Soto, no se ven obstáculos para que el cambio de nombre de cualquier persona se realice por vía administrativa en todos los casos, sin tener que acudir a la Justicia como ocurre actualmente.

En otros países, estas modificaciones se realizan sin acreditar justos motivos judiciales o administrativos. Eso sí, se deja en claro que el cambio puede hacerse una sola vez.

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