Uruguay se prepara para juzgar crímenes de la dictadura

Uruguay se prepara para juzgar crímenes de la dictadura

El gobierno promulgó la ley que pone fin a la impunidad. Acatamiento a los tratados internacionales sobre derechos humanos.

JUSTICIA. Uruguay juzgará crímenes de lesa humanidad de la dictadura. FOTO TOMADA DE ELDIARIO.COM.UY JUSTICIA. Uruguay juzgará crímenes de lesa humanidad de la dictadura. FOTO TOMADA DE ELDIARIO.COM.UY
28 Octubre 2011
MONTEVIDEO, Uruguay.- El Poder Ejecutivo uruguayo promulgó hoy la ley que restituye la pretensión punitiva del Estado y declara de lesa humanidad los crímenes cometidos por militares y policías durante la última dictadura (1973-1985).

De acuerdo a la información oficial, el presidente José "Pepe" Mujica promulgó la norma que durante la semana fue aprobada por el Congreso, aunque solamente con los votos de los legisladores del oficialismo.

Ahora corresponde que actúe directamente la Suprema Corte de Justicia (SCJ) para disponer si las denuncias efectuadas por víctimas y familiares de afectados por la represión es una cuestión legal, ya que podría declararla inconstitucional, tal como reclama la oposición.

Sectores de militares retirados, afines a la dictadura, anticiparon esta semana que también interpondrán recursos de inconstitucionalidad y que denunciarán a ex guerrilleros que cometieron crímenes y no fueron juzgados oportunamente.

También se anuncian apelaciones ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por considerar que la nueva norma "afecta los derechos humanos y los adquiridos" por los militares, explicó a la prensa local Guillermo Cedrés, presidente del Centro Militar, una institución social que agrupa a los uniformados.

La nueva ley uruguaya tiene cuatro artículos por los cuales se "restablece el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1 de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1 de la Ley 15.848, del 22 de diciembre de 1986".

"No se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos a que refiere el artículo 1 de esta ley.

Además, se declara que "los delitos a que refieren los artículos anteriores son crímenes de lesa humanidad de conformidad con los tratados internacionales de los que la República es parte". (DPA)

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