Las ventas on line y la presión fiscal

22 Diciembre 2010
Con el avance de internet en nuestro país, crecieron en esta década las ventas digitales: desde CDs, electrodomésticos hasta propiedades, vehículos, telefonía, computación, animales y muebles. Según un informe de Pyramid Research, las operaciones de comercio electrónico alcanzaron en la Argentina los 1.000 millones de dólares durante 2009 y se preveía un crecimiento anual del 36% para los próximos cinco años. "Las cifras de Pyramid se complementan con datos de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico, que calcula que un 26% de los 23 millones de usuarios de internet que hay en el país son usuarios frecuentes de comercio electrónico y que para el año en curso se espera que ese porcentaje crezca al 30%, con la suma de 2 millones de nuevos usuarios", dijo Alexandre Hohagen, director general para Google América Latina.

Haciéndose eco de esta realidad, a partir del 1 de febrero de 2011, la Dirección General de Rentas de Tucumán (DGR) dispuso que las transacciones que se efectúen vía internet tributarán Ingresos Brutos. La disposición, publicada en el Boletín Oficial, toma como sustento el avance tecnológico y del incremento de ese tipo de operaciones, y se indica que permitirá un mayor control de esas transacciones, reduciendo los niveles de evasión. Se prescribe a tal efecto un régimen de percepción de Ingresos Brutos, aplicable a las operaciones de ventas de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios concertadas y/o perfeccionadas electrónicamente a través de portales virtuales, es decir los sitios alojados en páginas web disponibles mediante los cuales se prestan servicios, entre otros, de intermediación en las operaciones detalladas en el punto anterior. El régimen especial estará dirigido a las personas que vendan cosas muebles y/o resulten locadores y/o prestadores de obras y/o servicios, que se hallen inscriptos en el impuesto sobre los Ingresos Brutos como contribuyentes locales de Tucumán, que se encuentren encuadrados en las normas del Convenio Multilateral con jurisdicción sede o alta en Tucumán.

La medida tiende regular un campo en el cual la DGR no tenía ninguna participación. Se busca así que estas transacciones paguen un tributo. Desde ese punto de vista es correcto porque se evitaría el comercio en negro, pero por otro incrementa más la presión fiscal sobre los sufridos contribuyentes. La nuestra es una de las provincias que salarios más bajos tiene en relación con otras. Por ejemplo, los impuestos representan el 40% de los gastos de un comerciante. Aquellos ciudadanos que han pagado adelantado el impuesto Inmobiliario por todo un año reciben luego la ingrata sorpresa de que les cobran en forma retroactiva incrementos correspondientes a años vencidos.

Tucumán es la segunda provincia con mayor presión fiscal en el país, detrás de La Pampa. Esta política tributaria ahuyenta, por cierto, a los inversores, incluso a los locales como un grupo empresario que montó la primera planta de biogas a partir de biomasa en la Argentina, con una inversión de U$S 3 millones en Santiago del Estero porque le ofrecía mejores condiciones. Esta presión estimula también el trabajo en negro. En nuestra provincia, cuatro de cada 10 asalariados no fueron registrados por sus empleadores durante el tercer trimestre del año. El empleo no registrado alcanza al 41,4% de la población ocupada que recibe un salario, es decir alrededor de 105.000 casos sólo en la zona del Gran Tucumán-Tafí Viejo. No se trata de no pagar impuestos sino de que estos estén acordes con la capacidad económica de su población. Las eternas moratorias reflejan la asfixia fiscal que padece una buena parte de la ciudadanía. Si una política fiscal acorrala al contribuyente y ahuyenta las inversiones debería ser revisada.

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