Pago por estacionar

La concesión debe realizarse para que cada uno obtenga lo que se estipule en el contrato.

25 Abril 2003
De la discusión -sobre la cual informamos ayer- registrada en el Concejo Deliberante sobre la concesión vencida del estacionamiento pago en la zona II, surge que el actual concesionario no satisface, desde 1995, el canon correspondiente a la Municipalidad, y en cuyo concepto adeuda a esta unos 200.000 pesos. Se cruzaron acusaciones también, en ocasión del debate, acerca de incumplimiento tributario y de la situación "en negro" del personal.
Nos parece que hay que empezar a poner orden en cuestiones como estas. Más si se tiene en cuenta que las mismas están vinculadas con los ingresos del organismo municipal. Suena a obvio que la concesión futura debe formalizarse sometida a estrictas condiciones, donde figure en primer término el pago puntual del canon, además de las estipulaciones sobre observancia de tributos y situación legal del personal que cobra el estacionamiento. Y que la concesión debe ser cancelada sin miramientos si el cumplimiento no se produce.
Un organismo en estado de quebranto financiero permanente como es el municipal, no puede darse el lujo de no percibir los derechos que le corresponden por estacionamiento. Hay que recordar que a los concesionarios les ingresa dinero a diario.

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