Falló la Corte: los tickets son parte del salario

02 Septiembre 2009
BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia consideró que los llamados tickets canasta forman parte del salario de los trabajadores y por lo tanto deben ser computados para el aguinaldo y la indemnización.
En un fallo unánime, el Alto Tribunal resolvió que los vales de comida deben ser tenidos en cuenta para calcular indemnizaciones en caso de despido. La Corte revocó una decisión de segunda instancia, y decretó la inconstitucionalidad del artículo 103 bis, inciso c, de la Ley de Contrato de Trabajo, la cual establece que lo vales son beneficios sociales sin carácter remunerativo en el salario.
El expediente llegó al Alto Tribunal, luego que el demandante, Aníbal Pérez, promoviese contra Disco S.A., a raíz que la Sala III de la Cámara Nacional del Trabajo redujera el monto indemnizatorio. "Llamar a dichos vales beneficios sociales o prestaciones no remunerativas son una calificación poco afortunada", consideró la Corte.
"Es preciso y necesario que a la persona trabajadora le sea reconocido, de manera tan plena como sincera, que se ha ganado la vida en buena ley, que toda ganancia que obtiene del empleador con motivo o a consecuencia del empleo, resulta un salario", sostuvieron los ministros Ricardo Lorenzetti, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni. Con este antecedente, los trabajadores que quieran reclamar por la consideración de lo tickets como parte formal del salario deberían realizar acciones legales particulares, según se desprende del fallo. (NA)

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