Declaran de lesa humanidad el crimen del coronel Larrabure

Declaran de lesa humanidad el crimen del coronel Larrabure

La Cámara Federal de Apelaciones ratificó el fallo que dictó un juez en agosto pasado. Los vocales Edgardo Bello, Liliana Arribillaga y Carlos Carrillo rechazaron las apelaciones de fiscales.

Los vocales Edgardo Bello, Liliana Arribillaga y Carlos Carrillo rechazaron las apelaciones de fiscales. ARCHIVO LA GACETA Los vocales Edgardo Bello, Liliana Arribillaga y Carlos Carrillo rechazaron las apelaciones de fiscales. ARCHIVO LA GACETA
19 Abril 2009

El asesinato del coronel Argentino del Valle Larrabure, ocurrido en 1975, tras haber sido secuestrado por el Ejército Revolucionario del Pueblo, ha sido considerado de lesa humanidad por la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. El tribunal ratificó la sentencia del juez juez federal IV de Rosario, Marcelo Martín Bailaque, según hizo conocer a LA GACETA el abogado Javier Vigo Leguizamón, representante de Arturo Larrabure, hijo del militar.
El coronel, de 42 años, fue secuestrado por el ERP el 10 de agosto de 1974 durante el asalto a la fábrica militar de Villa María, Córdoba. El ERP sacó del cuartel a Larrabure, de 42 años, y lo encerró en lo que denominaba “cárcel del pueblo” -construida en el sótano de una casa de Rosario- durante 372 días. Su cadáver apareció el 23 de agosto de 1975, con signos evidentes de estrangulamiento y golpes, según su hijo Arturo Larrabure.
Larrabure (h) peticionó en febrero de 2007 que se calificara de lesa humanidad el asesinato de su padre, considerando que fue cometido en el marco de un ataque sistemático a la población civil llevado a cabo por organizaciones terroristas.
Según Larrabure (h), la estrategia defensiva de los ex militantes del ERP consistía en hacer considerar como prescriptos sus crímenes, por tratarse de delitos comunes realizados sin que haya participado de ellos el Estado. El querellante y su abogado argumentaron que no fue así. Vigo Leguizamón explicó que Larrabure (h) imputó a los gobiernos de Héctor Cámpora (presidente en 1973) y de Oscar Bidegain (entonces gobernador de Buenos Aires) “de haber incurrido en terrorismo de Estado al facilitar, tolerar e instigar el accionar terrorista, imputación que extendió al gobierno de Cuba por haber entrenado a los guerrilleros argentinos”. Esta estrategia fue explicada como “un plan criminal diseñado por el ideólogo de la guerrilla John William Cooke”. Larrabure mencionó las promesas de liberación de terroristas detenidos, la amnistía y el indulto. El querellante dijo que el actual procurador general de la nación, Esteban Righi -quien había sido ministro del Interior del gobierno de Héctor Cámpora, en 1973- “tuvo papel protagónico en la negociación de los proyectos de amnistía e indulto”.
En 2007, el fiscal general Marcelo Palacín, al ordenar llevar adelante una investigación penal jurisdiccional plena, se apoyó en la sentencia a los comandantes militares. Expresó que “la violación de los derechos humanos de Larrabure tuvo lugar en ocasión de un conflicto armado” y que “todo individuo indefenso, independientemente de su estado formal como miembro de una fuerza de seguridad, debe considerarse civil. Argentino Larrabure estaba protegido por su sola condición de persona, independientemente de su profesión, por el Derecho Penal internacional y por el Derecho Humanitario”.
A posteriori del dictamen del fiscal Palacín, el procurador general Righi dictó la resolución 158/7, prohibiendo considerar de lesa humanidad los crímenes de la guerrilla. Pero esto no se pudo aplicar en la causa Larrabure, por haberse expedido con anterioridad el fiscal Palacín, con lo cual el juez hizo lugar al planteo, con lo que determinó que la causa no debía prescribir.
Los fiscales Ricardo Vásquez, Liliana Bettiolo y Adriana Saccone apelaron el fallo, pero la Cámara rechazó estos planteos el jueves, con lo que quedó vigente lo decidido por el juez.

 

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios