De tesis doctorales

Para LA GACETA - TUCUMAN

18 Mayo 2003
Actualmente, todos los días alguien se doctora en alguna disciplina en las universidades, luego de cumplir una serie de pasos que fijan ordenanzas específicas. Está muy bien que así sea. Ocurre en parte por la ambición legítima del graduado de llegar al título máximo, y, en parte también, por el peso decisivo que el doctorado tiene en los concursos para las cátedras. Nadie podría discutir que todo eso resulta muy positivo; como lo es, en última instancia, todo lo que mejore el conocimiento.
He leído -y otras veces he hojeado- unas cuantas tesis doctorales producidas estos últimos años. No he encontrado ninguna que no represente un trabajo sólido, bien documentado, evidencia de que el autor se ha preocupado a fondo por su tema. Me han dado la impresión de que esas páginas vienen a coronar una empresa intelectual encarada con rigor.
No fue así siempre. Dejando a salvo algunos trabajos profundos, meditados y originales (que por cierto los hubo), durante largo tiempo doctorarse sólo significó, para gran número de egresados, producir a las voladas algo cuyo nivel incluso estaba muy por debajo del de las "tesinas" actuales. Echar una rápida mirada a esas épocas -ciñéndonos al ámbito de las ciencias jurídicas- es la intención de estas líneas.
En 1878, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, el tucumano Fabio López García presentó una tesis doctoral sobre La República Argentina y el sistema representativo. Rechazada por el catedrático, escribió otra, titulada El crédito es o no capital, que aprobó el doctor Emilio Lamarca. Después las publicó juntas en un folleto titulado Ensayo o sea dos disertaciones ligeras sobre Sociología y Economía Política. La introducción es tan reveladora como singular.
López García informa que el viernes 19 de julio de ese año 1878, buscó al profesor que debía "poner visto bueno a mi trabajo" y le suplicó que examinara el manuscrito de La República Argentina... Tenía mucho apuro. El reglamento de la Universidad le daba plazo máximo hasta el 25 para presentar dicha tesis impresa. Por eso, esperaba la aprobación de esa primera parte para llevarla a la imprenta, mientras escribía la segunda. El profesor le dijo que no podía leer sus hojas hasta el lunes 22. Ese lunes, López García fue a buscarlo para retirar lo presentado y agregarle el resto. Pero el profesor le dijo que no podía aprobar lo que había leído, "por razones que expondría a su tiempo".
Desesperado, López García consulta el reglamento. Encuentra un artículo que le confiere la posibilidad de apelar la decisión ante la Facultad. Vuelve a entrevistar al profesor. Le pide que redacte y firme, al pie del manuscrito, la constancia del rechazo. El profesor se niega porque, si lo hace, tendrá que escribir luego todo un informe. Narra López García: "Era ya la 1 p.m. del lunes. ¿Qué hacer?... Era el 22 y el 25 tenía que presentar impresa mi tesis. Ya por si acaso había entregado por la mañana mi trabajo a la imprenta. No perder el término y recibirme cuanto antes era para mí cuestión de vida o muerte. También por si acaso me puse a las 2 de la tarde a escribir otra tesis sobre otro ramo, con la idea de no comer ni dormir hasta no concluirla. Felizmente comí y dormí a mis horas como no lo esperaba y al otro día estaba con el visto bueno del profesor, y minutos después en la imprenta del Courrier de la Plata cuyo galante regente me prometió terminarla para el día siguiente". Concluía: "Esta es la pobre historia de mis dos pobres trabajos. Los he unido en el mismo folleto dejando sólo lo necesario del segundo para presentarlos a la Universidad. Dejo los comentarios al lector instruido" (1).
Sin duda, no se necesitan comentarios. La velocidad con que se confeccionaban estas rapsodias -que así salían- lleva a pensar si no serían similares el trámite y la sustancia de las otras 52 tesis doctorales, todas aprobadas, que ese año presentaron los flamantes abogados a la Universidad porteña.
Veinte años después, el abogado Ricardo Candioti elevó su tesis (Tendencias unificadoras de la Argentina) a la misma Facultad, y pidió que se lo eximiera de imprimirla. La Universidad dijo que no, pues la edición era requisito insalvable. Entonces la publicó con una introducción, curiosa por su notable franqueza. Decía en ella que hacer una tesis no era sino "redactar, forzado, un cierto número de páginas, ya comentando varias disposiciones legales, ya raciocinando sobre alguna cuestión de puro derecho".
Declaraba sabido que "las tesis aparecen por regla general como malos plagios y peores ensayos". Si el graduado se limitaba a copiar a otros autores, lograba "un mosaico abigarrado". Y si aspiraba al "ensayo original", lo acosaba el temor de "caer, y se cae frecuentemente, en las más grandes herejías jurídicas, por un lado, y por otro en imperdonables atentados al buen decir".
Era obligado disculparse, en la introducción, alegando "la premura del tiempo" o el "término angustioso", así como la "escasez de fuerzas intelectuales". Al finalizar correspondía agradecer a los catedráticos "sus sabias lecciones y sus prácticos consejos, que han sido o serán bien aprovechados", y luego consignar "un pintoresco surtido en dedicatorias impresas a los abuelos, tíos y demás vinculaciones, hasta a los compañeros de cuarto". Después, la edición, de 150 o 200 ejemplares, de los cuales 75 se entregaban a la Facultad (2).
Honesta y melancólica apreciación de un graduando que no hacía más que poner por escrito lo que todos callaban.A nuestro Juan B. Terán, cuando era secretario de la Revista Jurídica que dirigía Raymundo Wilmart, le tocó en 1901 publicar su comentario a una tesis premiada, de Víctor Pesenti, Influencia de la civilización en la criminalidad. Terán, además de analizar críticamente el trabajo, daba una opinión más amplia sobre la especie. Decía que las tesis doctorales se ejecutaban normalmente en "ocho días", y con el único propósito de llenar el requisito.
Por eso, decía, eran "unas cuantas páginas ensambladas al acaso, facticias, perezosas, sin corazón, sin el lucidus ordo que es el fluido vital que pone el espíritu en sus obras, sin la palpitación personal que se adivina detrás de la cita o de la exposición, sin siquiera la posesión segura del sentido de los vocablos, ya que no la fuerza y la gracia del estilo, tan difíciles, cuyo divorcio del Derecho es necesario hacer cesar".
Lo que ocurría, para Terán, era que no se estudiaba para saber la verdad, sino para obtener un título. Y eso dejaba, en el alma del estudiante, un gran vacío. No la había llenado "una gran pasión, una gran idea juvenil que la enseñanza habría podido sugerir" para que luego fuese "perseguida tenazmente con las tranquilas energías de la edad madura", y que sirviese para dar "objetivo e ideal a la vida" (3).
Hay que felicitarse de que la época de las tesis hechas con tanta rapidez y superficialidad haya quedado definitivamente atrás. c) LA GACETA

NOTAS
1) MARCIAL R. CANDIOTI, Bibliografía doctoral de la Universidad de Buenos Aires (Bs.As, 1920), pp. 236-238.2) Ibídem, pp. 23-26
3) JUAN B.TERAN, "Bibliografía. Tesis. A propósito de la del Sr. Víctor Pesenti", en: Revista Jurídica y de Ciencias Sociales, II (Bs.As, 1901), pp. 139-143.

CARLOS PAEZ DE LA TORRE (h).- Abogado, periodista, historiador, miembro de número de la Academia Nacional de la Historia. Su último libro es "Nicolás Avellaneda. Una biografía" (Planeta, Bs.As, 2001)

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