El mito de la democracia sindical

01 Abril 2006
Con la asistencia de más de 2.000 delegados y representantes de organizaciones laborales internacionales, se ha reunido en Mar del Plata la asamblea del Congreso de Trabajadores Argentinos, que agrupa a un importante número de sindicatos, para considerar un vasto temario, en el que la libertad gremial ha seguido siendo un punto crítico. Paradójicamente, la CTA carece de ese derecho constitucional, así como gran parte de las organizaciones que la integran, cuya concesión excluyente corresponde a la CGT desde 1946. El llamado unicato de la personería gremial, establecido por la ley  23.550, asigna la representación específica de los trabajadores exclusivamente a la organización más representativa o numerosa por rama de actividad económica, dejando para las demás la personería jurídica, carente de facultades para negociar condiciones laborales. En esta oportunidad se han renovado las solicitudes para poner fin a tal sistema corporativo, único en el hemisferio -con excepción de Cuba-  y cuya razón agravante es la identificación ostensible con el Partido Justicialista, del que llegó a ser su “brazo sindical”, a pesar de las sucesivas divisiones internas. Una decena de organizaciones de derechos humanos ha solicitado la concesión de personería gremial a la CTA, señalando que en el país existen unos 6.000 sindicatos en esa  condición.
El caso de la CTA es seguramente el más trascendente por el volumen de la organización, pero no el único, como puede advertirse en las numerosas agrupaciones irregulares que se manifiestan en demanda de derechos específicos y que no pertenecen a la CGT. Esta última asiste regularmente con carácter oficial a la asamblea anual de la Organización Internacional del Trabajo, pero desconoce de hecho el Convenio 87 de ese organismo, que cuestiona el régimen de sindicato único por rama de actividad, como lo hace con la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 23) y el Pacto de San José de Costa Rica (art. 16), incorporados a la Constitución  nacional. La presencia en el país de los secretarios generales de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres y de la Confederación Mundial del Trabajo, entre otras entidades, les ha permitido suscribir en aquella asamblea la demanda de libertad sindical. Demanda que estrictamente considerada concierne a la libertad de asociación, con todos los derechos inherentes al sistema democrático.
El régimen monopólico de la CGT y su relación con el justicialismo se ha manifestado, como ahora, por la vinculación con los gobiernos del mismo signo y la oposición a los de otro. Ello ha obligado al presidente Kirchner a desistir de su propósito inicial de pluralismo sindical, evitando inclusive la participación de la CTA en el Consejo del Salario, próximo a convocarse. Esa relación entre el Gobierno y la central obrera legal, y las dificultades derivadas de la crisis, tolera por necesidades políticas que el secretario general Hugo Moyano promueva bloqueos de empresas y concurra frecuentemente al despacho presidencial, mientras gremios y grupos laborales, con reconocimiento o sin él, se independizan del viejo monopolio corporativo que en las encuestas de prestigio de la opinión pública ocupa, invariablemente, con los partidos políticos gerontizados, uno de los últimos lugares. Rémora de nuestra realidad democrática, la corporación del unicato aplica, por lo demás, un régimen continuista de dirigencias donde la corrupción de sus medios permite sobrepasar la edad jubilatoria. Tal juego de intereses e influencias cuenta, por cierto, con el silencio tolerante de otras fuerzas políticas, que parecen haber dejado de advertir la gravedad de una situación que afecta libertades públicas esenciales.





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