13 Noviembre 2005 Seguir en 
La Ley denominada Plan Antievasión II, aprobada por el Senado de la Nación, otorga amplias facultades a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para combatir el trabajo en negro, a través de incentivos sobre la regularización del personal doméstico. Se calcula que en el país existen unas 900.000 personas que desempeñan esa función, de las cuales sólo 51.000 están registradas con empleo formal.
La medida otorga al empleador la posibilidad de deducir los sueldos pagados para el cálculo del impuesto a las Ganancias. Sin embargo, tributaristas consultados por LA GACETA consideraron que sus efectos serán mínimos. "La norma puede significar un punto de partida para que los organismos públicos combatan el empleo en negro y la evasión, pero en la práctica los efectos del beneficio serán mínimos para el empleador", indicó la tributarista Florencia Nuova.
De la misma manera se expresó el consultor de empresas, Alberto Ziperovich. "No creo que cambie la situación del personal doméstico, sobre todo si el patrón es monotributista. Además, tampoco es relevante el aporte para el incentivo de deducción de Ganancias, que son casi $ 360 al año", señaló. Ziperovich consideró, además, que la medida sólo tiene efectos políticos y efectistas, -"porque no creo que resuelva sustancialmente la situación del personal doméstico", expresó.- "No hay mucha tela para cortar sobre este tema", completó el consultor.
Los mecanismos
La norma, al referirse a la situación del personal doméstico, les brinda ciertas pautas a los empleados para que deduzcan de la base imponible sobre la que se estima Ganancias, los salarios y otras cuestiones previsionales que se pagan para la cobertura del personal de servicios. El costo del blanqueo, en algunos casos, se neutraliza y tendrá un tope de unos $ 4.020 anuales.
Precisamente, desde la AFIP, sus autoridades entienden que el Plan Antievasión II tiende a que los empleadores registren al personal doméstico, pese a que el efecto de esa medida en la recaudación tampoco será relevante.
A su vez, el organismo recaudador de la Nación endurece las penalidades. La iniciativa fija sanciones de dos a seis años de prisión para los empleadores que, en vez de realizar el depósito que exige la ley, se queden con los aportes del sistema previsional de los trabajadores, por un monto superior a los $ 10.000.
CARACTERISTICAS
Para el blanqueo del personal doméstico, el sistema vigente exige aportes y contribuciones. Si la jornada laboral supera las 16 horas semanales, el pago mensual será de $ 55. En cambio, si trabaja entre 12 y 16 horas por semana, será de $ 39. El pago cae a $ 20 si se trata de una jornada laboral de entre seis y 12 horas semanales.
El régimen contempla beneficios para el empleado doméstico. Así, el empleado podrá elegir una obra social para la cobertura de asistencia médica. Si realiza una jornada completa de trabajo, puede acceder a una jubilación que rondará los $ 240. También podría gozar del beneficio del retiro por invalidez o pensión por fallecimiento, según los casos.
A su vez, la AFIP podrá estimar la fecha de ingreso del trabajador, si el empleador no lo registró, y considerar a los asociados de las cooperativas de trabajo, que actúan como agencias de provisión de mano de obra, como empleados en relación de dependencia.
También podrá interpretar que existen más trabajadores de los declarados por los empleadores, cuando las declaraciones juradas no se compadezcan con la realidad.
La medida otorga al empleador la posibilidad de deducir los sueldos pagados para el cálculo del impuesto a las Ganancias. Sin embargo, tributaristas consultados por LA GACETA consideraron que sus efectos serán mínimos. "La norma puede significar un punto de partida para que los organismos públicos combatan el empleo en negro y la evasión, pero en la práctica los efectos del beneficio serán mínimos para el empleador", indicó la tributarista Florencia Nuova.
De la misma manera se expresó el consultor de empresas, Alberto Ziperovich. "No creo que cambie la situación del personal doméstico, sobre todo si el patrón es monotributista. Además, tampoco es relevante el aporte para el incentivo de deducción de Ganancias, que son casi $ 360 al año", señaló. Ziperovich consideró, además, que la medida sólo tiene efectos políticos y efectistas, -"porque no creo que resuelva sustancialmente la situación del personal doméstico", expresó.- "No hay mucha tela para cortar sobre este tema", completó el consultor.
Los mecanismos
La norma, al referirse a la situación del personal doméstico, les brinda ciertas pautas a los empleados para que deduzcan de la base imponible sobre la que se estima Ganancias, los salarios y otras cuestiones previsionales que se pagan para la cobertura del personal de servicios. El costo del blanqueo, en algunos casos, se neutraliza y tendrá un tope de unos $ 4.020 anuales.
Precisamente, desde la AFIP, sus autoridades entienden que el Plan Antievasión II tiende a que los empleadores registren al personal doméstico, pese a que el efecto de esa medida en la recaudación tampoco será relevante.
A su vez, el organismo recaudador de la Nación endurece las penalidades. La iniciativa fija sanciones de dos a seis años de prisión para los empleadores que, en vez de realizar el depósito que exige la ley, se queden con los aportes del sistema previsional de los trabajadores, por un monto superior a los $ 10.000.
El régimen contempla beneficios para el empleado doméstico. Así, el empleado podrá elegir una obra social para la cobertura de asistencia médica. Si realiza una jornada completa de trabajo, puede acceder a una jubilación que rondará los $ 240. También podría gozar del beneficio del retiro por invalidez o pensión por fallecimiento, según los casos.
A su vez, la AFIP podrá estimar la fecha de ingreso del trabajador, si el empleador no lo registró, y considerar a los asociados de las cooperativas de trabajo, que actúan como agencias de provisión de mano de obra, como empleados en relación de dependencia.
También podrá interpretar que existen más trabajadores de los declarados por los empleadores, cuando las declaraciones juradas no se compadezcan con la realidad.







