13 Noviembre 2005 Seguir en 
La producción de azúcar en todas sus fases está pasando por un buen momento, con expectativas, al menos, de poder mejorar.
En años más recientes, la industria encaró decididamente importantes inversiones para mejorar eficiencia fabril y costos y, además, mejoró las comunicaciones y las conciliaciones de políticas para toda la actividad, seguramente ayudada por la menor cantidad de propietarios para una similar cantidad de fábricas y fundios.
Los resultados están a la vista con el precio actual del azúcar y las expectativas. En esta campaña se contó con una ingeniería comercial propia basada en exportar casi un 33% de la producción con el fin de estabilizar el mercado interno y propender a mantener márgenes de rentabilidad que hagan viable la actividad. En este contexto, el Estado provincial está resolviendo una alícuota cero para el Impuesto a la Salud Pública condicionada a ciertos requisitos que no siempre logran el fin esperado. Esto consiste en quitar solamente un 2,5% a las cuantiosas cargas que encarecen el costo de la mano de obra sin mejoras en el bienestar de los trabajadores, valor por cierto exiguo en la participación de cualquier costo en nuestro singular país, máxime si se aplicara únicamente sobre las nuevas incorporaciones.
Correspondería que el Gobierno tome decisiones más trascendentes en pos de mejorar sostenidamente la actividad azucarera generadora históricamente de riqueza y de un importante empleo directo e indirecto. Como inicio de una nueva actitud, por lo menos debería restituirse la alícuota cero que anteriormente gozaba la actividad en función del Pacto Fiscal, que abarcaba el impuesto a los Ingresos Brutos (1,8% sobre las ventas), Salud Pública e Impuesto a los Sellos, y no solamente el Impuesto a la Salud Pública como hoy se propone.
Debe tenerse en cuenta además los inconvenientes que aporta a la bancarización de las numerosas PyME de la actividad, como consecuencia de la retención del 1% que hoy realizan las entidades financieras sobre los créditos en cuentas corrientes u otras cuentas para ser imputado al impuesto a los Ingresos Brutos, y a Sellos de todas las operaciones financieras gravadas. Este último tributo es, además, netamente regresivo.
En años más recientes, la industria encaró decididamente importantes inversiones para mejorar eficiencia fabril y costos y, además, mejoró las comunicaciones y las conciliaciones de políticas para toda la actividad, seguramente ayudada por la menor cantidad de propietarios para una similar cantidad de fábricas y fundios.
Los resultados están a la vista con el precio actual del azúcar y las expectativas. En esta campaña se contó con una ingeniería comercial propia basada en exportar casi un 33% de la producción con el fin de estabilizar el mercado interno y propender a mantener márgenes de rentabilidad que hagan viable la actividad. En este contexto, el Estado provincial está resolviendo una alícuota cero para el Impuesto a la Salud Pública condicionada a ciertos requisitos que no siempre logran el fin esperado. Esto consiste en quitar solamente un 2,5% a las cuantiosas cargas que encarecen el costo de la mano de obra sin mejoras en el bienestar de los trabajadores, valor por cierto exiguo en la participación de cualquier costo en nuestro singular país, máxime si se aplicara únicamente sobre las nuevas incorporaciones.
Correspondería que el Gobierno tome decisiones más trascendentes en pos de mejorar sostenidamente la actividad azucarera generadora históricamente de riqueza y de un importante empleo directo e indirecto. Como inicio de una nueva actitud, por lo menos debería restituirse la alícuota cero que anteriormente gozaba la actividad en función del Pacto Fiscal, que abarcaba el impuesto a los Ingresos Brutos (1,8% sobre las ventas), Salud Pública e Impuesto a los Sellos, y no solamente el Impuesto a la Salud Pública como hoy se propone.
Debe tenerse en cuenta además los inconvenientes que aporta a la bancarización de las numerosas PyME de la actividad, como consecuencia de la retención del 1% que hoy realizan las entidades financieras sobre los créditos en cuentas corrientes u otras cuentas para ser imputado al impuesto a los Ingresos Brutos, y a Sellos de todas las operaciones financieras gravadas. Este último tributo es, además, netamente regresivo.
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