La Corte anuló un fallo y absolvió a un acusado

Había sido condenado por un robo. Un juicio polémico. En 2003, el fiscal había desistido de imputar al hombre, pero los camaristas de todas formas decidieron condenarlo. Recurso de revisión. Fundamentos.

24 Octubre 2005
A raíz de una resolución de la Corte Suprema de Justicia, un hombre acusado de robar una moto fue absuelto, después de haber sido condenado hace más de dos años en un juicio oral.
El 30 de junio de 2003, la Sala V de la Cámara Penal le impuso a Juan José Ibarra una pena de dos años y seis meses de prisión por el hurto de un ciclomotor. La defensa de Ibarra, a cargo del abogado Roberto Flores, había justificado durante el debate que la moto presuntamente robada estaba en manos del acusado porque se la habían prestado. Remarcó que el imputado no había robado el vehículo y probó que este no tenía el encendido forzado.El juicio fue muy polémico, puesto que el fiscal de Cámara, encargado de sostener la acusación, decidió no culpar al sospechoso, ya que consideró que no había pruebas en su contra y que no existía una relación causal entre el robo y la tenencia del rodado. No obstante, los jueces consideraron que sí había existido un apoderamiento ilegítimo de la moto. Los vocales de la Sala V plantearon que el secuestro del rodado cuando estaba en poder de Ibarra era una prueba fundamental que atribuía la autoría del hurto al imputado. Agregaron que este, además, no había demostrado en forma creíble cómo había llegado el vehículo a sus manos.

Ante los jueces
Ante esto, el defensor presentó un recurso de revisión en el que sostuvo que la Sala V había cometido un error al dictar una sentencia sin que existiera una acusación del fiscal.
"El pedido de absolución formulado por el Ministerio Público impide el dictado de una sentencia condenatoria, pues se incurriría en una franca violación de las garantías constitucionales", explicó Flores.
Ante este planteo, la Corte Suprema hizo lugar al recurso de revisión, revocó la sentencia de los jueces y absolvió a Ibarra. "Si el fiscal, durante el debate, solicitó fundadamente la absolución del imputado, no resulta posible dictar un pronunciamiento de condena", dice el fallo del máximo tribunal.

Tamaño texto
Comentarios