Condenan a una pareja por torturar a su hijita

La nena, de tres años, sufrió gravísimas lesiones. La mujer recibió una pena de 4 años de prisión, mientras que al hombre le correspondieron 6,5. Un estremecedor informe de los médicos. Testimonios.

Jorgelina Dorst (izquierda) es la madre de la pequeña. Antonio Ibáñez es el padrastro. LA GACETA / ANALIA JARAMILLO
Jorgelina Dorst (izquierda) es la madre de la pequeña. Antonio Ibáñez es el padrastro. LA GACETA / ANALIA JARAMILLO
22 Septiembre 2005
La Justicia condenó a Jorgelina Antonia Dorst y a su pareja, Antonio Horacio Ibáñez, a 4 y a 6 años y medio de prisión, respectivamente, al encontrarlos culpables de haber castigado duramente a su hija de tres años, según se determinó durante la investigación.
En abril de 2003, se descubrió que la madre y el padrastro de la menor la sometían a durísimos castigos. Al poco tiempo, a la pequeña le realizaron estudios médicos donde se comprobaron las lesiones.
Durante el proceso oral, el tribunal de la sala IV, que estuvo integrado por Emilio Páez de la Torre, Alfredo Barrionuevo y Julio Francisco Silva, escuchó los escalofriantes resultados de los estudios que se le realizaron a la menor. Según las pericias, la víctima tenía golpes, cicatrices de quemaduras de cigarrillo, de mordedura humana y las plantas de los pies quemadas con ladrillo caliente. Las lesiones, según consignó el médico forense, eran de vieja data. Pero además, la menor prestó declaración durante la audiencia, y estremeció con su testimonio.
Ibáñez fue detenido en el acto, mientras que a Dorst se le dictó la prisión preventiva seis meses después de descubierto el hecho, luego de que su ex pareja, en una extraña maniobra, le hizo firmar un acta donde se hacía responsable de lo que había ocurrido.

Argumentos
Durante el juicio, que duró apenas dos días, los abogados poco pudieron hacer para evitar que los imputados sean condenados por lesiones graves con ensañamiento y alevosía.
Durante el proceso se escucharon los testimonios de algunos vecinos, que reconocieron a Ibáñez como una persona sumamente violenta. Los testigos coincidieron en señalar que, aunque nunca lo vieron golpearla, a la menor se le observaba lesiones producto de las palizas que recibía.
La defensora oficial Estela Giffonello, que asistió a la mujer, pidió la absolución, puesto que, según los informes psicológicos que le practicaron, quedó demostrado que ella no denunció el castigo que sufría la menor porque "no sabía expresar sus sentimientos y, por su pasado familiar, no tenía razón para actuar ante la violencia".
En tanto que el abogado Darío Casiva, representante de Ibáñez, pidió al Tribunal que se le aplicara una pena de 4 años, al entender que varias de las pruebas eran falsas; especialmente, el acta donde la menor lo identificó como el agresor.
La pena aclara que la pequeña, cuyo nombre se mantiene en reserva por razones legales, actualmente se encuentra en una institución esperando ser adoptada.

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