Una nueva etapa en la relación UNT-minería

El acuerdo con Catamarca libera para llevar a cabo actividades en el futuro con las utilidades de la minería.

LA  GACETA
Por LA GACETA Hace 4 Hs

Con la publicación del Decreto 2/2026 de comienzo de este año el Poder Ejecutivo Nacional cambió la constitución del entre minero interestadual Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD), al desvincular a la Nación de la empresa constituida en 1958 con la Ley 14.771. Al mismo tiempo, inauguró una nueva etapa en la relación de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) con la minería, al resolver -mediante la aceptación del “Acuerdo Modificatorio del Acta del Farallón Negro”, firmado el 15 de diciembre pasado- la añeja controversia sobre la distribución y el destino de las utilidades mineras que establecía el artículo 18 de la Ley 14.771. En el caso de la UNT, esto significa que va a poder resolver legalmente el problema de la finalización de la Ciudad Universitaria y del destino del dinero que le ha llegado hasta ahora y el que le puede llegar en el futuro de la minería en Catamarca, a la que está ligada por la herencia de Abel Peirano, descubridor del yacimiento de Farallón Negro.  

Esta nueva etapa se inicia al cabo de una larga negociación entre la UNT, Catamarca e YMAD, que se aceleró desde la asunción de las actuales autoridades federales, que desde el comienzo expresaron la intención de desligar a la Nación de esta empresa, en el marco de sus objetivos de reducción del déficit fiscal y de achicar el Estado. La aceleración de este trato se fue dando, además, al mismo tiempo que se desarrollaba el juicio penal en la Justicia Federal contra el ex rector Juan Alberto Cerisola, acusado (y condenado, ahora con el fallo apelado en casación) por la disposición que hizo del dinero para las obras realizadas en el marco de la Ciudad Universitaria. Varios de los debates planteados a lo largo de los 15 meses de audiencias en el proceso oral han sido resueltos tanto en estudios llevados a cabo por la UNT en los últimos meses -sobre la historia de la infraestructura de la UNT y sobre la limitación ambiental y geológica de edificar en el cerro- y en las especificaciones del “Acuerdo modificatorio…”. Entre ellas, que se establece con claridad el destino de los porcentajes de las utilidades y precisa que se puede adecuar y redefinir el alcance de la ciudad universitaria a los efectos de la adecuada ejecución de lo previsto en el artículo 18 de la Ley N° 14.771, que definía que las utilidades debían destinarse a la conclusión de la Ciudad Universitaria “conforme a los planos aprobados”. Ahora se establece que la UNT tendrá la potestad de hacer obras a definir hasta una superficie determinada y en sitios a definir según se resuelva en sus organismos pertinentes como el Consejo Superior.

Con esto la UNT tiene un nuevo camino en lo que respecta a su vinculación con la minería. Por un lado, se desprende de algún modo del impacto que sobre ella ha tenido el escándalo de las maniobras con las utilidades mineras por el que fueron juzgados Cerisola y tres de sus ex funcionarios. Por otro lado, se abren posibilidades de nuevos destinos en la explotación minera, actividad en la que Catamarca avanza con una política concreta e intensa, y que significarán para la casa de altos estudios previsiones y decisiones sobre nuevas exploraciones o explotaciones mineras de la zona de Agua de Dionisio. Convendría, en este sentido, sacar aprendizaje de los debates realizados al respecto en los últimos años, a fin de que en el futuro haya buenas perspectivas y no errores cuya solución requiere años y altísimos costos.

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