La Ley de Salud Mental sancionada en 2010 por el Senado de la Nación, que regula el sistema de atención de esas enfermedades y reconoce la autonomía de las personas con afecciones psicológicas fue reglamentada ayer por el Poder Ejecutivo.

El viceministro de Salud, Eduardo Bustos Villar, dijo que la reglamentación "es una herramienta normativa que viene a reforzar y complementar la perspectiva para seguir avanzando en la implementación de un modelo de atención basado en el respeto a la persona en toda su integridad, los derechos humanos y favoreciendo su inclusión social".

"Celebramos con enorme alegría y entusiasmo la reglamentación de la Ley Nacional de Salud Mental y compartimos este momento con todas la personas que, a lo largo y a lo ancho del país, están trabajando por la transformación del sistema de salud mental", manifestó el funcionario a la agencia DyN.

Bustos Villar expresó que en materia de Salud Mental la propia Organización Panamericana de la Salud ha reconocido que la normativa argentina ha alcanzado el mejor estándar de la región de las Américas, como herramienta para la inclusión haciendo eje en los derechos humanos".

Protección
La ley sancionada en noviembre de 2010 por el Senado protege el derecho de las personas con afecciones mentales, establece garantías similares a las sancionadas por tratados internacionales e incluye a los adictos como pacientes del sistema de salud.

Consagra, además, el derecho a la atención integral, comunitaria y gratuita, desalienta las internaciones indefinidas y promueve la creación de equipos interdisciplinarios de profesionales capacitados y acreditados para atender la salud mental. La ley reconoce la autonomía de las personas con padecimientos mentales y su capacidad para tomar decisiones, y promueve la no discriminación.

Asimismo, establece que la atención de la salud mental debe realizarse en una red de servicios basados en la comunidad y recomienda la internación como un recurso terapéutico a utilizarse sólo en situaciones excepcionales y en hospitales generales.