La Cámara Laboral condenó a una estación de servicio a indemnizar con más de $ 100.000 a una empleada que confundió el combustible que debía cargar al auto de un cliente en Lanús. La Sala Cuarta determinó que la falta de la empleada no ameritaba una sanción de tamaña magnitud. Ella tenía ocho años de antigüedad en el puesto y el empleador argumentó que su desempeño había sido negligente, consigna la agencia DyN. Pero los compañeros de la despedida la calificaron como la empleada "más experimentada" y explicaron que errores como el que cometió eran "habituales" y que antes "no se había despedido a nadie" sino que, a lo sumo, se les descontaba de sus salarios el perjuicio ocasionado. Así, el tribunal modificó una sentencia de primera instancia que había avalado el despido "con causa", es decir sin derecho a indemnización, y condenó a la cadena de estaciones de servicio a pagarle a la cesanteada.