A través del Decreto 60472026 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional simplificó el sistema de correo internacional, tanto para la exportación comercial como para la importación durante compras internacionales. De esta manera, el Ejecutivo estableció nuevos montos tributarios, tratamientos similares a los couriers privados y exenciones en las exportaciones comerciales por vía postal.

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Argumentando la “eliminación de barreras y restricciones estatales” y “promoviendo una mayor inserción en el comercio mundial”, el Poder Ejecutivo modificó el esquema de envíos postales para simplificar las compras al exterior, estableciendo un nuevo sistema tanto para importaciones como para exportaciones comerciales. En este nuevo paso de apertura comercial de la Argentina, el Gobierno estableció la unificación de los despachos internacionales y los courier privados, así como la eliminación del límite de valor en las exportaciones a través de la vía postal.

Nuevos topes y franquicias para el Correo Argentino

La medida establece un esquema común para las operaciones realizadas mediante correo y servicios privados de entrega. Hasta ahora existían diferencias en el método utilizado ya que, mientras que quienes compraban por Correo Argentino debían completar declaraciones juradas y compras hasta $S50 sin impuestos, los couriers privados tenían condiciones más flexibles con operaciones de hasta US$400 Libre a Bordo sin pagar derechos de importación ni tasa de estadística, con un máximo de cinco envíos anuales.

Con el nuevo decreto, las importaciones realizadas a través de Correo Argentino tendrán el mismo estatus que las efectuadas por las empresas privadas. Ambas modalidades quedan unificadas bajo las mismas condiciones y así cada persona podrá realizar hasta cinco envíos por año de hasta US$400 FOB cada uno, sin pagar derechos de importación ni la tasa de estadística, régimen que ya se establecía en los prestadores postales privados. Esto simplifica las compras para uso personal a través de plataformas como Temu, Shein o Amazon.

Trámites simplificados y facilidades para exportadores

En caso de superar el monto o el cupo anual establecido, solo se pagarán sobre el excedente los tributos correspondientes. Además, seguirá vigente el límite de cinco envíos por año y por persona. El valor FOB hace referencia al precio del producto preparado para su exportación, sin incluir determinados costos posteriores como el transporte internacional o el seguro.

La norma también simplifica los procedimientos de control en la aduana. A partir de ahora, el operador postal quedará automáticamente autorizado para representar al destinatario durante el proceso de importación, salvo que este manifieste previamente su voluntad de intervenir personalmente o designar otro representante. A su vez, el decreto deroga una normativa vigente desde 1999 para unificar el régimen de importaciones postales y reducir la superposición de regulaciones.

Los cambios en las exportaciones comerciales 

A la vez se introdujeron modificaciones en las ventas al exterior, beneficiando a productores, empresarios y pequeños emprendimientos argentinos que utilizan el sistema postal para vender mercadería fuera del país. La nueva normativa elimina el límite de valor para los despachos realizados mediante envíos postales, con el propósito de “brindar a los productores y comerciantes argentinos nuevas posibilidades para insertarse en el mercado internacional”, según señala el comunicado oficial. De esta manera, quienes comercialicen productos en otros países podrán utilizar esta modalidad sin una restricción económica máxima para cada envío.

Mientras que el decreto también establece que los envíos postales destinados a ayuda familiar u obsequios personales se mantienen exentos de impuestos. Las remesas con esa finalidad de hasta US$5000 mensuales continúan sin pagar tributos aduaneros, por lo que esta parte del sistema permanece sin modificaciones.