La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) puso en marcha un nuevo régimen especial de facilidades de pago destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida quedó establecida mediante la Resolución General 5875/2026 y busca permitir la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026, además de multas e intereses.

ARCA lanzó un plan para regularizar deudas de PyMEs en hasta 18 cuotas

Este plan alcanza exclusivamente a algunos contribuyentes y establece condiciones específicas para acceder, como la obligación de realizar un pago a cuenta, una cantidad máxima de cuotas según el tipo de deuda y un plazo determinado para adherirse. 

Controles de ARCA en julio de 2026: cuál es el limite de transferencias, extracciones y plazos fijos
  • Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Tramos 1 y 2, que tengan Certificado Mipyme vigente al momento de la adhesión y registren la caracterización correspondiente en el Sistema Registral de Arca.
  • Los pequeños contribuyentes, que contemplan a personas humanas y sucesiones indivisas registradas en el Sistema Registral con el código 547 - Pequeño Contribuyente, de acuerdo con la Resolución General 5321.
  • Las entidades sin fines de lucro registradas ante Arca bajo las formas jurídicas contempladas por la norma, tales como asociaciones, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios, cooperadoras, iglesias y otras organizaciones civiles.
  • Personas condenadas por determinados delitos tributarios, aduaneros o vinculados con incumplimientos fiscales.
  • Personas jurídicas cuyos directivos registren ese tipo de condenas.
  • Responsables solidarios respecto de las obligaciones comprendidas.
  • Garantes de obligaciones impositivas y aduaneras contempladas por el régimen de garantía.
  • Aquellos casos donde la exclusión rige por existir sentencia firme y la condena permanece vigente.