Con el objetivo de contener el impacto de la cotización internacional del crudo en el mercado local, la Secretaría de Energía elevó al 5,6% el límite máximo de oxígeno permitido en las naftas. La medida, oficializada mediante la Resolución 79/2024, busca que las petroleras puedan incrementar de forma voluntaria el corte de bioetanol hasta un 15%.

Si bien la normativa no modifica el cupo obligatorio ni impone nuevas exigencias, brinda a las refinadoras un margen técnico mayor para sustituir petróleo por biocombustibles. 

De esta manera, las empresas podrán optimizar costos en un escenario de volatilidad de precios, manteniendo los estándares de calidad vigentes. 

La decisión se sustento en el marco normativo establecido por las leyes 17319 de hidrocarburos y 27640 de biocombustibles, que otorgan a la Secretaría de Energía la potestad de fijar y actualizar las condiciones de calidad de los combustibles. En ese sentido, la resolución busca armonizar las especificaciones técnicas con los niveles actuales de corte obligatorio, evitando inconsistencias regulatorias.

Según los fundamentos de la medida, el contenido de oxígeno es un parámetro crítico en la formulación de las naftas, dado que está directamente vinculado con la proporción de bioetanol incorporado. A mayor presencia de este biocombustible, mayor es el nivel de oxígeno en la mezcla, lo que obliga a revisar los límites establecidos para garantizar la compatibilidad técnica y operativa.