Cuáles son las irregularidades por las que se resolvió intervenir la Mutualidad Provincial

Cuáles son las irregularidades por las que se resolvió intervenir la Mutualidad Provincial

El juez Poviña hizo lugar al planteo de la Inaes. El fallo se hará efectivo cuando el interventor tome posesión del cargo.

EN LA MIRA. La Mutualidad Provincial fue inspeccionada por un organismo nacional días antes de las PASO. EN LA MIRA. La Mutualidad Provincial fue inspeccionada por un organismo nacional días antes de las PASO.

La Justicia Federal resolvió la intervención de la Mutualidad Provincial de Tucumán (MPT), por pedido del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes), tras considerar que están probadas al menos seis irregularidades administrativas detectadas durante una inspección realizada en la institución que preside el legislador oficialista Daniel Deiana. La medida, sin embargo, se hará operativa a partir de la correspondiente toma de posesión del interventor designado, contador José Emilio Sánchez, según confiaron importantes fuentes judiciales.

Hasta ayer sólo había trascendidos respecto a la medida judicial. De hecho, el propio Deiana había dicho que no había sido notificado de ninguna medida judicial. Sin embargo, LA GACETA tuvo acceso al fallo del juez federal N°1 Fernando Luis Poviña, el cual tiene fecha del 8 de febrero y una extensión de 13 páginas.

La Inaes, a través de su abogado Nicolás Pablo Galetti, solicitó la intervención de la MPT en base a una inspección que realizó la Dirección de Prevención de Lavado de Activos y Otros Delitos el 6 y 7 de septiembre de 2021, a pocos días de las elecciones primarias que enfrentaron al manzurismo y al jaldismo.

El requerimiento se basó en la detección de incumplimientos a la Ley Orgánica para las Asociaciones Mutuales (20.321), principalmente en lo concerniente a la conducción de la institución. “Actualmente se lleva a cabo por el Fideicomiso Mutualidad Provincial Tucumán, sobre cuyo fiduciario se delegó la administración de la Mutualidad el que, por ley, corresponde ser ejercido por un órgano de administración y de fiscalización”.

De acuerdo a lo expuesto, en 2009 se celebró un contrato de fideicomiso de administración -renovado hasta 2029-, siendo fiduciario José Alberto Contreras. Dicho convenio tiene como objeto “la administración del dinero percibido de las cuotas sociales a fin de que el fiduciario realice el pago de los gastos corrientes al funcionamiento, desarrollo de proyectos que hagan a los fines de la MPT como también el pago de las obligaciones con el Fisco”, según se asentó en el fallo. Se consignó que la situación de administración irregular se refleja en los aportes sociales que ingresan a una cuenta bancaria que es operada por Contreras.

Otras objeciones

En el fallo también se consideró una resolución de octubre de 2021, en la que se constataron “otras situaciones que no ajustan el accionar de la mutualidad a las prescripciones de ley 20.321”. Se remarcó que la Mutualidad no notificó a la Inaes la apertura de sucursales en Simoca, El Mollar y La Falda (Córdoba). También se consignó que, en relación al registro de asociados, la entidad manifestó que a marzo del año 2021 contaba con un total de 32.128 asociados activos, 875 adherentes y 198.234 participantes. Sin embargo, se entregó una planilla de Excel y un pendrive con una nómina del 28 de febrero de 2021 con 33.273 asociados activos y adherentes. “La fiscalización requirió la toma de vista del libro de asociados, el cual no fue puesto a disposición, aduciendo las autoridades que no contaban con un libro habilitado de registración de socios”, se indicó.

Servicios no autorizados

En dicha resolución se consigna la falta de reglamentación de servicios. Se indicó que sólo posee autorización para brindar los servicios de odontología, óptica, oncología y servicios asistenciales, a pesar de que la entidad ofrece también servicios de psicología, medicina clínica, emergencias de salud y servicios de turismo, sepelio, vivienda, subsidio por fallecimiento, nacimiento, casamiento y servicios de reintegros mediante coseguro y por contraprestación.

Respecto al servicio de gestión de préstamos, que fue brindado a los asociados entre 2018 y 2019, también se detectaron irregularidades. “Si bien la entidad manifestó que los préstamos entregados oscilaban entre los $3.000 y los $30.000, del listado proporcionado surge que 509 créditos de un total de 1.483 liquidados, superaron el límite informado. Y, en determinados casos, al agruparse por beneficiario, los mismos superaron el límite a partir del cual debería establecerse el perfil de cliente del asociado”, se señaló. Y se agregó: “requerido el listado completo de operaciones de gestión de préstamos otorgados, no se especifica fecha exacta de cada préstamo, ni se discriminaba entre monto bruto y neto, tasas aplicadas ni la entidad otorgante en función de los convenios suscriptos”. Se consignó también que la Mutualidad no transmitió información requerida a la prestación del servicio de gestión de préstamos por la suma de $39,5 millones en 2019.

Argumentos

Poviña indicó en el fallo que de los puntos señalados previamente “resultan incumplimientos que afectan seriamente la regularidad de la operatoria y menoscaban la transparencia en la protección del interés social inherentes a la institución”, conforme la ley 20.321. Agregó que las faltas descriptas “comprometen seriamente el interés público que se protege en la efectiva vigencia de la legalidad y el orden jurídico tutelados por la Ley Orgánica para las Asociaciones Mutuales cuyo objeto es la prestación de servicios a sus asociados y evidencian la existencia de una urgencia intrínseca en tanto el pedido de la accionante persigue hacer cesar una situación irregular que atenta con el funcionamiento legal de la mutualidad”

El juez, por último, indicó que Sánchez actuará como interventor “por el tiempo necesario” para la normalización del funcionamiento de la Mutualidad. Añadió que el designado deberá presentar ante su juzgado un estado de la situación actual de la institución, como también un informe de su gestión cuando le sea requerido.

Las claves del caso

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) solicitó a la Justicia Federal la intervención de la Mutualidad Provincial.

El requerimiento se basó en la detección de incumplimientos a la Ley Orgánica para las Asociaciones Mutuales (N° 20.321).

Se incluyó información recabada en una inspección y “otras situaciones que no se ajustan al accionar de la mutualidad”.

El juez federal Poviña falló en favor del Inaes y consideró que hubo incumplimientos que “afectan la regularidad operatoria”.

Deiana (foto), presidente de la Mutualidad desde hace 18 años, dijo que el pedido de intervención es una consecuencia de la interna en el peronismo.

El legislador dijo que no fue notificado y que se le negó el acceso al fallo. Afirmó que tiene el respaldo político de Manzur y de Jaldo.

El interventor designado es José Emilio Sánchez. La resolución se hará operativa cuando tome posesión del cargo en la Mutualidad.

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