Patrón de impunidad: el encubrimiento en el caso “Lebbos” recuerda al del atentado a la AMIA

Patrón de impunidad: el encubrimiento en el caso “Lebbos” recuerda al del atentado a la AMIA

El Poder Judicial sólo pudo castigar a los responsables de que los crímenes no hayan sido esclarecidos. Gravísimas irregularidades institucionales van quedando erosionadas por la acción del tiempo y del olvido.

Patrón de impunidad: el encubrimiento en el caso “Lebbos” recuerda al del atentado a la AMIA

El caso de la tucumana Paulina Lebbos es frecuentemente comparado con el de María Soledad Morales, homicidio icónico de Catamarca, pero el paralelismo se agota en el hecho de que ambas eran mujeres jóvenes y de que sus tragedias respectivas expusieron un nivel espeluznante de corrupción estatal. Mientras los familiares de Morales consiguieron que los homicidas de aquella recibieran alguna clase de castigo, los de Lebbos viven con la angustia que provoca la imagen de los asesinos sueltos y la imposibilidad de saber qué pasó. Este proceso es una “máquina” de producir condenas por encubrimiento, particularidad que recuerda al del atentado de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA). Ambos sucesos revelan un mismo patrón de impunidad donde la Justicia y los poderes ejecutivos actúan como piezas claves para la demolición de la verdad.

La similitud de las causas “Lebbos” y “AMIA” se acentuó el miércoles, cuando el Poder Judicial provincial condenó por primera vez a un ex fiscal de la casa, Carlos Albaca, por el papel que este desempeñó durante los siete años en los que dirigió la primera pesquisa. Esa sentencia, que aún puede ser atenuada o revertida en la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, se suma a otras dos previas ya firmes contra policías y autoridades del área de Seguridad de la administración de José Alperovich. Con la “pata tribunalicia” ya son siete los condenados por el encubrimiento del crimen, que se suman a otros dos castigados por delitos más leves. Este conjunto inédito de declaraciones de responsabilidades penales contra ex agentes estatales que debían investigar el homicidio acaeció a partir de tres juicios distintos celebrados en 16 años.

ALBACA EN EL JUICIO. El ex fiscal escucha la condena que le dieron.  la gaceta / foto de Analía Jaramillo (archivo) ALBACA EN EL JUICIO. El ex fiscal escucha la condena que le dieron. la gaceta / foto de Analía Jaramillo (archivo)

El ataque terrorista perpetrado contra la AMIA es uno de los acontecimientos delictivos más siniestros de la historia nacional. La explosión de una bomba en 1994, en la sede ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mató a 85 víctimas y dejó más de 150 heridos, además de daños materiales cuantiosos. Esa crueldad fue el punto de partida del derrotero oscuro y tortuoso que derivó a comienzos de 2019 en ocho condenas a acusados de impedir la dilucidación del atentado. La Justicia Federal impuso en esa ocasión penas por encubrimiento al ex juez Juan José Galeano; al ex titular y al ex subsecretario de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) durante el menemismo, Hugo Alfredo Anzorreguy y Juan Carlos Anchezar, y al ex comisario Carlos Antonio Castañeda. Dos fiscales, Eamon Gabriel Müllen y José Carlos Barbaccia, resultaron responsables de incumplimientos de los deberes de los funcionarios públicos mientras que hubo otras sanciones por peculado, por ejemplo, a Carlos Telleldín. En el mismo juicio, los jueces Jorge Luciano Gorini, Néstor Guillermo Costabel y Karina Rosario Perilli absolvieron al ex presidente Carlos Menem (fallecido), y a otros imputados.

La investigación de los fiscales Alberto Nisman (murió en circunstancias dudosas en enero de 2015) y Carlos Cearras determinó que los acusados tuvieron intervención en una “deliberada maniobra para proteger, encubrir y proveer impunidad a Alberto Jacinto Kanoore Edul -entre cuyos contactos se encontraba Moshen Rabbani, ex Consejero Cultural de la Embajada de la República Islámica de Irán, con captura internacional por su participación en el atentado del 18 de julio de 1994-, sujetos, que desde el comienzo mismo de la causa del atentado, aparecían fuertemente sospechados de haber tomado parte del hecho terrorista”. Esa operación, que incluyó el pago de U$S 400.000 procedentes de fondos reservados del espionaje a Telleldín, se cayó en 2004, tras un juicio que concluyó con absoluciones para los 22 acusados. A partir de allí, la Justicia se volvió contra los funcionarios que habían fabricado la mentira.

Del mismo modo, el juicio contra tres policías de Raco involucrados en la adulteración del hallazgo de los restos de Lebbos en marzo de 2006 proporcionó una punta para empezar a desenrollar la madeja de la falsedad. A finales de 2013, los jueces locales Carlos Caramuti, Dante Ibáñez y Emilio Páez de la Torre condenaron como encubridores al comisario Enrique García y el oficial ayudante Manuel Ezequiel Yapura (también hubo sanciones por intervenir en la falsificación del registro de la escena para el policía Roberto Oscar Lencina). Seis años después, el mismo tribunal con Rafael Macoritto por Páez de la Torre, la ex Sala III, impuso penas por encubrimiento a Eduardo Di Lella, secretario de Seguridad; Hugo Sánchez, jefe de Policía; el subjefe Nicolás Barrera y Héctor Rubén Brito, superior de la Unidad Regional Norte (el policía Hugo Waldino Rodríguez fue considerado responsable de falsear un instrumento público). Por su parte, la sanción aplicada a Albaca la semana pasada lleva la firma de los jueces Fernanda Bähler, Wendy Kassar y Raúl Cardozo.

JUAN JOSÉ GALEANO. El ex juez federal acusado de encubrimiento. fiscales.gob.ar JUAN JOSÉ GALEANO. El ex juez federal acusado de encubrimiento. fiscales.gob.ar

Pese a todo

Si bien no consiguieron juzgar y castigar a los homicidas y terroristas, las instituciones judiciales intervinientes en las causas “Lebbos” y “AMIA” constataron que los funcionarios públicos que habían manejado los procesos en primer término se dedicaron a confundir; desviar la atención; incriminar a inocentes; destruir evidencias y enredar las actuaciones hasta convertirlas en piezas de papel inabordables. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respecto del atentado y la Justicia provincial en el caso de la joven asesinada concluyeron en que esa criminalidad estatal empezó con la preservación deficiente de la escena del crimen, situación determinante para la impunidad de los delitos principales.

En los casos “Lebbos” y “AMIA” hubo demoras relevantes que afectaron el derecho a conocer la verdad sobre lo ocurrido y provocaron daños adicionales a las víctimas. La tramitación de procesos generó, además, reclamos por la falta de acceso a la información y numerosas objeciones relativas a la actividad investigativa. Pero mientras el ex juez federal Galeano fue echado, y los ex fiscales Müllen y Barbaccia renunciaron a sus respectivos cargos, el ex fiscal tucumano Albaca logró retirarse en 2014 con la jubilación con el beneficio del 82% móvil con la que el orden jurídico recompensa a quienes prestaron servicios en la Justicia. La lentitud de la institución en la que trabajó dio una ventaja adicional al ex fiscal, quien, en medio de su juicio, cumplió los 70 años y se aseguró el arresto domiciliario.

Los procesos de la AMIA y de Paulina Lebbos reflejan la dificultad recurrente del Estado argentino para perseguir penalmente a sus autoridades. Son casos que deben lidiar con las limitaciones que imponen los fueros o privilegios constitucionales; con la cultura corporativista y con las barreras de la burocracia en un ámbito de debilidad de la institucionalidad de control y de dudas serias sobre la independencia judicial. A estos impedimentos ostensibles se agregan otros más abstractos, como la xenofobia, el racismo y la misoginia.

INCANSABLE EN LA BÚSQUEDA DE JUSTICIA. Lebbos en una marcha. la gaceta / foto de DIEGO ARAOZ (archivo) INCANSABLE EN LA BÚSQUEDA DE JUSTICIA. Lebbos en una marcha. la gaceta / foto de DIEGO ARAOZ (archivo)

Todo confluye para que el tiempo erosione el reclamo de justicia y diluya la gravedad de lo acontecimiento. Las víctimas y sus familias se ven obligadas a luchar contra el olvido y el desinterés social. En el caso de Lebbos también existe la preocupación por evitar la prescripción de la acción penal, algo que en principio no ocurrirá respecto del atentado de la AMIA por la caracterización de delitos de lesa humanidad. Otra cuestión es qué hacen los gobernantes y magistrados con las irregularidades destapadas, y si estas sirven para modificar prácticas institucionales y prevenir nuevos desastres. Las causas “Lebbos” y “AMIA” exponen la tendencia a evitar la autocrítica, y el desaprovechamiento de la oportunidad servida para instrumentar cambios sustanciales. Basta con observar cómo siguen comportándose las fuerzas de seguridad locales y los servicios de inteligencia de la Nación para advertir que, pese a todo, permanece en pie el patrón de impunidad.

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