Borrador del Consenso Fiscal: con el foco en los impuestos

Borrador del Consenso Fiscal: con el foco en los impuestos

El nuevo pacto fiscal promueve una mayor cobrabilidad de los impuestos patrimoniales para compensar algunas bajas en los declarativos. Un tributo a la herencia. Por la pandemia, la Nación sostiene que habrá una transición para la aplicación total de la Ley de Responsabilidad Fiscal en materia de gasto público de empleo en el Estado.

Al menos en la propuesta, el nuevo Consenso Fiscal implica un borrón y cuenta nueva en la relación entre la Nación y las provincias. Pero dentro del borrador acercado por la Casa Rosada a las jurisdicciones subnacionales se pone énfasis en la necesidad de incrementar el grado de cobrabilidad de los distintos tributos. Incluso, en algunos impuestos, amplía el margen para reajustar las alícuotas y hasta induce a los gobernadores que procuren “legislar un impuesto a todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza, que beneficie a personas humanas o jurídicas. “Se trata del impuesto al incremento patrimonial originado en la recepción de bienes a título gratuito, fundamentalmente por herencia o donaciones”, justificó ayer el ministro de Economía, Eduardo Garvich, cuando fue consultado acerca del nuevo impuesto. Acotó que el porcentaje del tributo no está definido.

Algunos mandatarios provinciales han pegado el grito en el cielo respecto de esta iniciativa que implicaría a ellos pagar un costo político innecesario en momentos que intentan repuntar la actividad económica y el consumo. Aún más, el Gobierno -pero con distinto signo político- había promovido en 2017 un acuerdo firmado por los gobernadores que establecía la no creación de nuevos impuestos nacionales sobre el patrimonio ni incrementar la alícuota de Bienes Personales.

El nuevo Consenso Fiscal, que sería firmado por el presidente Alberto Fernández y un grupo de gobernadores (los que responden a Juntos por el Cambio no lo harían) el próximo lunes a las 17 en Buenos Aires, nada dice acerca de la discusión de una nueva ley de coparticipación federal de impuestos que sí promovía el pacto rubricado en 2017, como una manera de cumplir la pauta constitucional que ya lleva más de 25 años de mora. Tampoco atiende un viejo reclamo de las provincias: la restitución del Fondo Federal Solidario, que se nutre de parte de las retenciones de la soja y que se destinan a la obra pública. Los mandatarios provinciales tendrán que aguardar la decisión que adopte la Casa Rosada en esa materia, más aún porque el Presupuesto 2022 ha sido rechazado por el Congreso Nacional y ahora todo depende de la voluntad del Ejecutivo que tendrá que redistribuir en función de lo pautado para el ejercicio que en una semana llegará a su fin.

“Por el trabajo que viene haciendo el ministro de Economía y por el aval que estamos dando los gobernadores, estoy en condiciones de decirles que con ese acuerdo fiscal que vamos a firmar con Nación, la Provincia no resigna ingreso alguno, es decir, que no perdemos un solo centavo”, señaló ayer el vicegobernador en ejercicio del Poder Ejecutivo, Osvaldo Jaldo, al referirse al contenido del Consenso Fiscal.

El borrador al que accedió LA GACETA también ha desechado un planteo que sí estaba en el acuerdo firmado el 16 de noviembre de 2017, durante la administración del entonces presidente Mauricio Macri y que, en gran medida, fue suspendido por el pacto rubricado el 17 de diciembre de 2019, apenas asumió la Presidencia Alberto Fernández. Es el vinculado con el reclamo que viene realizando el Consejo Regional del Norte Grande, integrado por una decena de gobernadores del NOA y del NEA: romper las asimetrías en materia de subsidios diferenciales respecto del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Hace cuatro años se había promovido la eliminación, lisa y llana, de las ayudas para energía -a partir del ejercicio 2019-, y para el transporte -desde este año-. El planteo del Norte Grande sigue vigente; los subsidios diferenciales al AMBA también.

Para darle un marco al nuevo pacto fiscal, la Nación señala que se procura establecer una estructura impositiva orientada a la promoción de la inversión, del crecimiento económico que de la misma deriva, y la consecuente generación de empleo formal en el sector privado en todas las jurisdicciones del país, condiciones estas necesarias para reducir en forma gradual y sostenida las diferencias que, en materia de desarrollo económico y social, existen entre las distintas regiones de la Argentina. Pero, a renglón seguido, el nuevo Consenso Fiscal propone “la implementación de instrumentos que procuren la redistribución de la carga impositiva de manera tal que tengan mayor incidencia los impuestos patrimoniales (Inmobiliario y Automotor) y puedan compensarse las eventuales reducciones de la recaudación proveniente de la imposición sobre las actividades productivas y el consumo (Ingresos Brutos), a la vez que se posibilite la sustentabilidad de las cuentas públicas evitando la aparición de desequilibrios financieros que atenten contra la estabilidad global a nivel macroeconómico. En este punto, todavía no hay referencia alguna acerca de la eliminación del impuesto para la Salud Pública, una medida que ya había sido promovida con anterioridad para bajar la carga tributaria sobre la nómina salarial.

El ministro de Economía tucumano planteó la regulación de las alícuotas de Ingresos Brutos para las actividades alcanzadas. Reconoció que se consensuaron porcentajes que están dentro de lo previsto en la actualidad, con el fin de no afectar los niveles de recaudación. Ingresos Brutos representa casi el 75% del total de ingresos por cobro de impuestos provinciales.

Respecto de Sellos, se establecerá una alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles, del 3% a la transferencia de automotores y del 2% a los restantes actos, contratos y operaciones alcanzadas por este tributo en general.

En el Inmobiliario, un Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles (Ofevi) calculará y determinará las valuaciones fiscales de los inmuebles. A partir de esto, se fijará la alícuota del impuesto Inmobiliario en un rango entre el 0,5% y el 3% del valor fiscal. El máximo está en los márgenes establecidos por la Ley Impositiva de Tucumán. En Automotor, a su vez, no se tocará la alícuota, que seguirá siendo del 2% del valor de la unidad.

1- Ingresos Brutos: la lupa estará en las operaciones digitales

En la comercialización de bienes y/o servicios que se desarrollen y/o exploten a través de cualquier medio electrónico, plataforma o aplicación tecnológica y/o dispositivo y/o plataforma digital y/o móvil o similares efectuadas en el país, el nexo de carácter jurisdiccional para sujetos domiciliados, radicados o constituidos en el país estará presente cuando exista presencia digital del vendedor, prestador y/o locador en la jurisdicción del domicilio del adquirente, aclara el texto respecto de Ingresos Brutos. Se considerará como gravada la comercialización de bienes o servicios a través de medios o tecnología que permitan la realización de las transacciones en forma remota, cuando el domicilio del adquirente se ubique en territorio provincial o de la CABA.

2- Los saldos: hacia la devolución automática

Según el borrador, las provincias deben asumir el compromiso de continuar profundizando la adecuación del funcionamiento de los regímenes de retención, percepción y recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral, de manera de respetar el límite territorial de la potestad tributaria de las jurisdicciones y evitar la generación de saldos inadecuados o permanentes a favor de los o las contribuyentes. “Se procurarán las medidas necesarias en los procedimientos vigentes en cada jurisdicción a efectos de aplicar mecanismos de devolución automática o, compensación de Ingresos Brutos a aquellos  contribuyentes (locales o de Convenio Multilateral) que tengan saldos a favor generados por retenciones, percepciones y/o recaudaciones, siempre que cumplan con los requisitos específicos del caso en cuestión, se estableció en el borrador del acuerdo.

3- Herencia gravada: polémica por el nuevo tributo

En la cláusula séptima del borrador del Consenso Fiscal, la Nación propone a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) la creación de un impuesto a la riqueza. Éste alcanzaría a las herencias, los legados, las donaciones, los anticipos de herencia y cualquier otra transmisión que implique un enriquecimiento patrimonial a título gratuito. La Casa Rosada aclaró luego que se trata de una sugerencia. Hasta ahora la única provincia que grava la herencia es Buenos Aires. El “impuesto a la transmisión gratuita de bienes” fue reinstaurado en 2010, durante la gestión del entonces gobernador Daniel Scioli. Según los argumentos expuestos por las autoridades que gobernaban el principal distrito de la Argentina, el tributo “atiende a la igualdad de oportunidades a través de la redistribución de aquella riqueza que no resulta como producto directo del esfuerzo del sujeto gravado”.

4- Gasto público: una transición para la responsabilidad fiscal

En materia de Responsabilidad Fiscal, el nuevo consenso Nación-Provincias promueve la restitución de los límites para el gasto y el endeudamiento público en todos los sectores del Estado. Sin embargo, hace una salvedad en caso de que alguna de las jurisdicciones firmantes no pueda alcanzar las metas propuestas por la Ley de Responsabilidad Fiscal. “En atención al impacto de la pandemia del virus Covid-19 en las finanzas públicas durante 2020 y 2021, que determinaron las modificaciones introducidas por la Ley 27.591, para el año 2022 se considerará un proceso de transición y adecuación en materia de cumplimiento de las pautas de gasto y de empleo público”, expresa el borrador del acuerdo que se firmaría el lunes y al que accedió LA GACETA.

5- Sin juicios: los reclamos por fondos de coparticipación

Las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) se comprometen a abstenerse por un período de un año de iniciar procesos judiciales, y suspender por igual término los ya iniciados, relativos al Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, a afectaciones específicas de recursos y transferencias de competencias, servicios o funciones, por hechos anteriores a la entrada en vigencia de este Acuerdo,, se expresa en el texto, como una copia fiel de lo que fueron los anteriores convenios entre la Nación y los gobernadores. Paralelamente, se deja establecida una excepción para “aquellos que cuenten con sentencia firme y aquellas acciones que se inicien al solo efecto de interrumpir la prescripción, cuando ésta se produzca durante el lapso antes referido”.

6- Aval legislativo: la revisión en los parlamentos provinciales

Dentro de los 30 días de la suscripción del Consenso Fiscal 2022, los Poderes Ejecutivos de las jurisdicciones firmantes y del Estado Nacional, elevarán a sus poderes legislativos proyectos de ley para aprobar el acuerdo, modificar las leyes necesarias para cumplirlo y autorizar a los respectivos poderes ejecutivos para dictar normas a tal fin, establece la última cláusula del borrador acercado por la Casa Rosada a cada una de las jurisdicciones del interior del país.
“El presente acuerdo producirá efectos respecto de las jurisdicciones que lo aprueben por sus Legislaturas y a partir de esa fecha, quedando abierto a la adhesión por parte de los señores gobernadores y señoras gobernadoras de las provincias que no lo suscriben en el día de la fecha”, dice el texto respecto del convenio que se rubricará parcialmente el próximo lunes.

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