Industriales del NOA/NEA objetan la ley de etiquetado

Industriales del NOA/NEA objetan la ley de etiquetado

Luego que Diputados sancionó el proyecto, la alianza UniNOA cuestionó, entre otros temas, que se demonice al azúcar y a la yerba mate.

POLÉMICA. Mientras organizaciones de la salud celebran la ley de etiquetado, desde el sector industrial del NOA y del NEA salieron a cuestionarla POLÉMICA. Mientras organizaciones de la salud celebran la ley de etiquetado, desde el sector industrial del NOA y del NEA salieron a cuestionarla

El proyecto de etiquetado frontal de alimentos tuvo un debate de 8 horas y se convirtió en ley en la Cámara de Diputados. Con el apoyo de la mayoría del Frente de Todos, algunos sectores de Juntos por el Cambio y otros bloques minoritarios como el Frente de Izquierda, la iniciativa tuvo un resultado positivo: 200 votos a favor, 22 negativos y 16 abstenciones.

Durante el debate varias voces se alzaron en su contra, entre las cuales se destacó la de los legisladores nacionales por Tucumán de diferentes espacios políticos, pero votaron en forma diferente ya que obtuvo con algunas disidencias parciales el acompañamiento de los diputados del FdT.

Desde el oficialismo, la ministra de Salud, Carla Vizzotti, presente en el recinto, celebró la sanción de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, o de etiquetado frontal, y aseguró que es “una herramienta vital para tomar decisiones informadas, prevenir enfermedades crónicas y mejorar la alimentación”.

Sin embargo, el primer rechazo desde el sector privado partió ayer desde la UniNOA, la alianza estratégica de 10 Uniones Industriales del NOA y del NEA. “El noble propósito de introducir un etiquetado de advertencia en los envases de alimentos para prevenir y combatir las enfermedades no transmisibles incluye aspectos muy cuestionables. Esos aspectos fueron informados e ignorados por los Senadores y Diputados que votaron la Ley”, fue la primera crítica.

Remarca el comunicado que la ley “avasalla las autonomías provinciales”, ya que la Constitución fija que son ellas las que deben legislar en materia de alimentación. “Por eso existe la CONAL (Comisión Nacional de Alimentos), donde se deben tomar las decisiones por unanimidad”, apuntan. “Esa Comisión tiene avanzado un proyecto de etiquetado con acuerdo de las provincias y la Nación”.

También los industriales cuestionan la ley porque “impide lograr una norma armonizada en el Mercosur, como la que rige actualmente”, y resaltan que se “resigna soberanía” ya que a la ley no se la podría rectificar ante una futura revisión porque se adoptó el perfil de nutrientes de la OPS (Organización Panamericana de la Salud), y a ella habrá entonces que pedirle que lo haga.

Según UniNOA, la ley es parcial, porque el etiquetado no alcanza a las bebidas alcohólicas y a las harinas, y propicia la sustitución de un alimento natural como el azúcar por edulcorantes sintéticos, artificiales, algunos prohibidos en otros países. “Esto atenta y demoniza al sector azucarero, principal actividad económico-productiva del NOA, que hoy emplea a 60.000 personas en forma directa y 170.000 indirectas”. También desde el sector yerbatero rechazan el octógono negro en los paquetes de la infusión.

Mentiras y advertencias

En cuanto a la aprobación de la norma, al cierre del debate la oficialista Florencia Lampreabe, vocera del tema, celebró haber votado una ley “tan debatida, trabajada y esperada”, cuyo fin es “frenar las mentiras de las grandes industrias alimentarias”.

La OPS y la Organización Mundial de la Salud, Unicef y la ONU para la Alimentación y la Agricultura (FAO) celebraron la sanción de la Ley y consideraron que es “un hito histórico para la mejora de la alimentación, en la salud pública, y en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes”.

La nueva ley establece un etiquetado frontal de advertencias de octógonos negros con la inscripción “Exceso en...” para advertir en los envases sobre el contenido excesivo de nutrientes críticos como azúcar, grasas y/o sodio. Además, está basado en el sistema de perfil de nutrientes de la OPS, el que mejor se corresponde con las recomendaciones de las Guías Alimentarias para la Población Argentina (GAPA).

También la norma prohíbe la venta en entornos escolares de productos que cuenten con un sello de advertencia o más, así como también la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes de estos productos. En este marco, se busca ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.

Principales disposiciones de la norma

La ley busca garantizar el derecho a la salud y a la alimentación adecuada, con la promoción de una alimentación saludable.

Otorga información nutricional simple de los alimentos y bebidas analcohólicas, para la toma de decisiones asertivas y activas.

Los productos con exceso de componentes críticos deberán incluir un octógono negro en su cara principal, como advertencia.

Para los productos con excesos críticos, la Ley menciona a los azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.

Los productos con edulcorantes y cafeína deben mencionarlos en la inscripción, que diga “contiene ..., no recomendable en niños/as”.

Las etiquetas de advertencia se extienden a cajas, cajones, y cualquier tipo de empaquetado con los productos en cuestión.

El octógono de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas, no podrá ser inferior al 5% de la superficie del envase.

La Ley exceptúa de la colocación del sello o etiqueta negra en la cara principal, al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.

Alimentos y bebidas que tengan al menos un sello de advertencia no podrán ser comercializados o promocionados en las escuelas.

Las industrias grandes tendrán un plazo de seis meses desde la publicación en el Boletín Oficial para adaptarse a la nueva Ley.

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