Estos aceites de oliva y suplementos dietarios fueron prohibidos por la Anmat

Estos aceites de oliva y suplementos dietarios fueron prohibidos por la Anmat

El organismo advierte una serie de irregularidades detectadas en los productos, además de la ilegalidad en la comercialización.

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19 Enero 2021

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió este martes un comunicado, donde se confirma la prohibición de la comercialización de dos aceites de oliva,  un jengibre en polvo y productos dietarios en todo el país.

Se trata del “Aceite de oliva extra virgen”, marca Olivos del Estero por carecer de registros de producto y establecimiento, por consignar registros inexistentes, resultando estar falsamente rotulado y en consecuencia ser un producto ilegal. También se indicó la prohibición de todo producto que consigne en su rótulo el RNE N° 13877393, por ser un registro inexistente.

También prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del “Aceite de oliva, marca Valle de los Olivos", por ser un producto falsamente rotulados que utilizan los registros sanitarios de otra razón social dados de baja, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

La ANMAT advirtió además que "El Criollo - Jengibre molido” (RNPA: 02-659802, Fracc. para Dist. El Criollo SRL) carece de registros de establecimiento y de producto, y se encuentra "falsamente rotulado" al exhibir en su rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, "resultando ser en consecuencia un producto ilegal". Por esto comunicó su prohibición

En otra disposición (589/2021) el organismo ordenó la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea y digitales del producto: “Suplemento dietario “Nativa”, Ajo- C concentrado, Colesterol-Hipertensión, Laboratorio Anahí, Amboy 3323 - Córdoba, RNE: 04003235, RNPA: 04042193, por poseer un registro de RNE vencido y un RNPA dado de baja y por consignar esos registros en el rótulo, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

En su considerando se señala que “las presentes actuaciones se iniciaron a raíz de una consulta de un consumidor en el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la promoción y venta en la plataforma de venta en línea MercadoLibre y plataformas digitales del producto que no cumpliría la normativa alimentaria vigente”.

Y que “en el marco de las investigaciones dicho Departamento realizó las Consultas Federales a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la Provincia de Córdoba a los fines de verificar si el RNPA se encuentra autorizado y si el RNE está habilitado y la Autoridad Sanitaria de la provincia de Córdoba indicó que el RNPA N° 04042193 se encuentra dado de baja desde el 26/07/2016 y que el RNE N° 04003235 pertenece al establecimiento Laboratorio Anahí y está vencido desde el 25/03/2018”.

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