El ajuste también se siente en Ganancias y golpea el presupuesto familiar

El ajuste también se siente en Ganancias y golpea el presupuesto familiar

Sorpresa en los contribuyentes por la resolución instrumentada en julio por la AFIP.

09 Septiembre 2018

En medio de la espera de los efectos de las turbulencias en la economía, a los contribuyentes del impuesto a las Ganancias les tomó por sorpresa un ajuste no esperado que implica una mayor retención sobre los sueldos de aquellos que trabajan en relación de dependencia. Pero esta medida no es de ahora, proviene de una resolución de julio pasado, instrumentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que ordena la disminución de las deducciones por hijo en el caso de que ambos padres obtengan ganancias imponibles, indica a LA GACETA el tributarista Octavio Concilio. Esto obliga a actualizar la información ante el organismo recaudador (en el caso que corresponda). Según el experto, esta medida implica en una mayor retención anual a los empleados, que oscila entre $ 786 y $ 5.505 anuales, que golpea al presupuesto familiar.

Respecto de las cargas de familia computables, Concilio indica que la Ley del Impuesto a las Ganancias permite para las personas humanas informar como cargas de familia, y deducir de la base imponible a los siguientes integrantes del grupo familiar:

• Cónyuge, con una deducción de $ 62.385,20 anuales.

• Hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años, con una deducción $ 31.461,09 anuales.

• Hijo, hija, hijastro o hijastra incapacitado para el trabajo, con una deducción $ 31.461,09 anuales.

“Esta enumeración es taxativa y su deducción solamente podrá efectuarla el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles”, puntualiza el especialista.

¿Cuáles son las condiciones?

Para poder deducir al pariente como carga de familia, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

• Ser residentes en el país (vivan en Argentina más de seis meses en el año fiscal).

• Que estén a cargo del contribuyente (el contribuyente deberá demostrar que efectivamente el pariente está a su cargo).

• Que la carga no tenga en el año ingresos netos superiores a las ganancias no imponibles ($ 66.917 anuales o un promedio mensual de $ 5.576), cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto.

• Que no se cobren por las cargas asignaciones familiares.

En el caso de la deducción por hijo, Concilio advierte que ambos padres no pueden computar el 100% de la deducción. En el caso de hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años, la deducción será computada por quien posea la responsabilidad parental, en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación, explica. Y agrega: cuando esta sea ejercida por los dos progenitores y ambos perciban ganancias imponibles, cada uno podrá computar el 50% del importe de la deducción o uno de ellos el 100% de ese importe. “Esto marca una importante diferencia con respecto a años anteriores que permitía deducir por parte de los parientes más cercanos, o sea cada uno de los Padres al 100%”, observa.

El formulario

Con tal medida, los contribuyentes deberán modificar el F-572 web a través del servicio Siradig-Trabajador, para que se incorpore en el campo porcentaje de deducción, y consignar el valor del 50%, solo para los casos en que ambos Padres tengan ganancias imponibles y que estén computando individualmente cada uno al 100%.

¿Cuáles son las implicancias de informar la deducción por hijo “ambos padres”?

• F-572 web: cuando se proceda a informar en el F-572 web, individualmente cada Padre informará que computará en forma compartida la deducción por hijo (o sea el 50%). En este caso, el empleador computará para el cálculo de las retenciones del impuesto, la deducción al 50% y no al 100% como era hasta la fecha. El trámite web está disponible, pero tendrá efectos retroactivos a enero, ya que la retención es anual, generando un ajuste de una mayor retención.

• Importe de la deducción anual: en el caso que el hijo se venía computando por ambos padres, representaban $ 31.461,09, de deducción en la declaración jurada de cada padre. Ahora la deducción se compartirá en un 50%, siendo de $ 15.730,54 para cada uno de ellos. Así no superará la deducción total admitida de $ 31.461,09.

• Impacto del ajuste en las Personas Humanas: el mayor impuesto anual a abonar por cada padre, podrá oscilar entre el 5% y el 35% (según la escala) aplicado sobre el monto del ajuste (merma del 50% de la deducción). Esto implica un mayor impuesto anual en 2018 que oscila entre $ 786 y $ 5.505 anuales.

¿Cómo modificar la deducción por hijo?

• Ingresar a www.afip.gob.ar con clave fiscal.

• Elegir el servicio “Siradig-Trabajador”.

• Ingresar a “Carga de Formulario” y luego a “Detalle de las Cargas de Familia”.

• Seleccionar individualmente a cada hijo.

• “Guardar” para grabar los datos.

• Hacer click en “enviar” para emitir el F-572 web que se comunicará online por el sistema de AFIP al empleador que deba actuar como agente de retención.

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