Qué es y para qué sirve el Protocolo anti violencia de género de la UNT

Qué es y para qué sirve el Protocolo anti violencia de género de la UNT

En diciembre del año pasado, el Consejo Superior de la UNT aprobó el “Protocolo de intervención institucional ante denuncias por violencia de género, acoso sexual y discriminación de género”. Bajo ese nombre largo y difícil de recordar, lo que se busca es contar con un procedimiento, lo más claro y sencillo posible, para que las personas que se sientan víctima de cualquier tipo de abuso por cuestiones de género, puedan asesorarse y realizar denuncias que obliguen una respuesta institucional ante estas situaciones.

La resolución 2241/17 le dio el marco legal al Protocolo, que entró en vigencia el 30 de abril de este año. Y el caso testigo, con el que debuta el procedimiento, es el del profesor Eduardo Hassán, de la cátedra de Anatomía de la Facultad de Odontología. Esa unidad académica tuvo que pisar el acelerador y designar a dos personas que se encargan de recibir las consultas, asesorar a las víctimas y eventualmente recibir las denuncias.

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Hassán, profesor adjunto a esa cátedra, está señalado por presunto maltrato y discriminación. El caso salió a la luz tras la viralización en las redes sociales de un audio que habría sido grabado durante una de sus clases, en el que se escucha que “las mujeres no razonan” y que son “entes, como un lavarropas”.  

El docente negó ser el autor de ese audio, aunque admitió que eventualmente hace “chistes” que ponen a la mujer en condiciones de inferioridad intelectual respecto de los hombres. De todas formas, el audio dio paso a un sinfín de testimonios y denuncias públicas contra este docente. Ahora, además, ya hay denuncias formales. A continuación, las características principales del Protocolo.

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1. Qué casos contempla
El procedimiento está destinado a prevenir y denunciar situaciones de violencia sexual y discriminación basada en el sexo y/o género, sea de manera individual a una persona específica o a un colectivo de personas. También contempla los casos de acoso sexual, entendido como todo comentario o conducta reiterados, de connotación sexual, que implique hostigamiento o asedio. Los hechos de connotación sexista, que degraden a una persona por su sexo o género también pueden ser denunciados.
2. ¿En qué ámbitos?
En cualquier dependencia de la Universidad Nacional de Tucumán: oficinas, facultades, escuelas experimentales, laboratorios, etcétera. El procedimiento involucra a todos los estamentos: docentes, no docentes, estudiantes, funcionarios, etcétera y protege tanto la relaciones académicas como las laborales. También contempla el ciberacoso (a través de medios electrónicos) o físico fuera de las unidades académicas, siempre que implique a personal de la UNT y estudiantes.
3. Protección máxima
Los denunciantes tienen derecho a asesoramiento gratuito y detallado sobre el caso que reporta. Su confidencialidad debe garantizarse en todo el proceso y una sola copia del expediente llevará el nombre de la presunta víctima. Se deberá respetar durante todo el proceso la voluntad de la persona respecto de las acciones a realizar.
4. El objetivo
El objetivo principal es generar en la UNT un ambiente libre de discriminación de cualquier tipo y de hostigamiento y violencia por razones de género o sexuales. Todas las conductas de ese tipo serán consideradas faltas a los efectos del régimen disciplinario que corresponda a cada caso y a cada estamento. Concientizar a toda la comunidad educativa y llevar estadísticas precisas de los casos denunciados también forman 
parte de los objetivos.
5. ¿Quiénes reciben las denuncias?
Cada unidad académica debe designar una persona como referente para asesorar y recibir denuncias en el marco del Protocolo. Deben ser personas idóneas en los temas de violencia de género, designadas por el Consejo Directivo de cada facultad o del Consejo de Escuelas Experimentales, según corresponda.
6. ¿Quiénes pueden denunciar o pedir asesoramiento?
Cualquier persona que se sienta víctima de cualquiera de las situaciones contempladas por el protocolo, o un tercero que tenga conocimiento de un caso y considere necesario recurrir al Protocolo para resguardo de la seguridad de la víctima.
7. ¿Cómo se denuncia?
La consulta puede iniciarse por correo electrónico, exponiendo el caso o directamente pidiendo una cita con el referente designado. Este deberá concretar un encuentro en un máximo de cinco días hábiles. También se podrá acordar otro tipo de comunicación o procedimiento para la denuncia o asesoramiento. El trámite formal se inicia en el ámbito del Consejo Directivo de cada facultad, o del Consejo de Escuelas Experimentales. Cada unidad académica deberá habilitar una casilla de correo específica para estas consultas.
8. Medidas urgentes
En orden de prevenir la integridad de las víctimas, el protocolo habilita a tomar medidas urgentes si el caso lo requiere. En el caso de que la persona consultante o denunciante así lo requiera, se podrá interrumpir el contacto entre las personas implicadas.
9. Difusión
El Protocolo exige que tanto en las páginas web de las facultades como la de la Universidad se difundan las direcciones de correo electrónico para hacer denuncias, los nombres de las personas que actuarán como referentes, así como el texto completo del Protocolo aprobado por  la Universidad. 
Esa difusión, hasta el momento, es una deuda pendiente.


> Puntos fundamentales del Protocolo

1. Qué casos contempla
El procedimiento está destinado a prevenir y denunciar situaciones de violencia sexual y discriminación basada en el sexo y/o género, sea de manera individual a una persona específica o a un colectivo de personas. También contempla los casos de acoso sexual, entendido como todo comentario o conducta reiterados, de connotación sexual, que implique hostigamiento o asedio. Los hechos de connotación sexista, que degraden a una persona por su sexo o género también pueden ser denunciados.

2. ¿En qué ámbitos?
En cualquier dependencia de la Universidad Nacional de Tucumán: oficinas, facultades, escuelas experimentales, laboratorios, etcétera. El procedimiento involucra a todos los estamentos: docentes, no docentes, estudiantes, funcionarios, etcétera y protege tanto la relaciones académicas como las laborales. También contempla el ciberacoso (a través de medios electrónicos) o físico fuera de las unidades académicas, siempre que implique a personal de la UNT y estudiantes.

3. Protección máxima
Los denunciantes tienen derecho a asesoramiento gratuito y detallado sobre el caso que reporta. Su confidencialidad debe garantizarse en todo el proceso y una sola copia del expediente llevará el nombre de la presunta víctima. Se deberá respetar durante todo el proceso la voluntad de la persona respecto de las acciones a realizar.

4. El objetivo
El objetivo principal es generar en la UNT un ambiente libre de discriminación de cualquier tipo y de hostigamiento y violencia por razones de género o sexuales. Todas las conductas de ese tipo serán consideradas faltas a los efectos del régimen disciplinario que corresponda a cada caso y a cada estamento. Concientizar a toda la comunidad educativa y llevar estadísticas precisas de los casos denunciados también forman parte de los objetivos.

5. ¿Quiénes reciben las denuncias?
Cada unidad académica debe designar una persona como referente para asesorar y recibir denuncias en el marco del Protocolo. Deben ser personas idóneas en los temas de violencia de género, designadas por el Consejo Directivo de cada facultad o del Consejo de Escuelas Experimentales, según corresponda.

6. ¿Quiénes pueden denunciar o pedir asesoramiento?
Cualquier persona que se sienta víctima de cualquiera de las situaciones contempladas por el protocolo, o un tercero que tenga conocimiento de un caso y considere necesario recurrir al Protocolo para resguardo de la seguridad de la víctima.

7. ¿Cómo se denuncia?                                                                                                                                                 La consulta puede iniciarse por correo electrónico, exponiendo el caso o directamente pidiendo una cita con el referente designado. Este deberá concretar un encuentro en un máximo de cinco días hábiles. También se podrá acordar otro tipo de comunicación o procedimiento para la denuncia o asesoramiento. El trámite formal se inicia en el ámbito del Consejo Directivo de cada facultad, o del Consejo de Escuelas Experimentales. Cada unidad académica deberá habilitar una casilla de correo específica para estas consultas.

8. Medidas urgentes
En orden de prevenir la integridad de las víctimas, el protocolo habilita a tomar medidas urgentes si el caso lo requiere. En el caso de que la persona consultante o denunciante así lo requiera, se podrá interrumpir el contacto entre las personas implicadas.

9. Difusión
El Protocolo exige que tanto en las páginas web de las facultades como la de la Universidad se difundan las direcciones de correo electrónico para hacer denuncias, los nombres de las personas que actuarán como referentes, así como el texto completo del Protocolo aprobado por  la Universidad. 
Esa difusión, hasta el momento, es una deuda pendiente.

> Primeras denuncias 

La referente de Odontología confirmó que ya hay denuncias formales contra Hassán

Celia Margaría, la referente designada por la Facultad de Odontología para ejecutar el Protocolo anti violencia de género, confirmó ayer a LA GACETA que ya se presentaron denuncias formales en contra del docente Eduardo Hassán, vinculadas a los hechos que se viralizaron la semana pasada. La profesional, que integra el Gabinete Psicopedagógico de la facultad, omitió dar más detalles de la cantidad de denuncias y de los contenidos de las mismas, aunque dijo que estarían en condiciones de iniciar ante el Consejo Directivo el expediente para que se investiguen los casos referidos. Además, confirmó que en el mail [email protected] se multiplicaron las consultas durante los últimos días.

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