Los 10 motivos por los que se inician 100.000 casos penales y sólo 265 van a juicio

Los 10 motivos por los que se inician 100.000 casos penales y sólo 265 van a juicio

Los Tribunales de Tucumán batieron un récord el año pasado: iniciaron más de 100.000 causas para esclarecer hechos ilícitos. Pero en ese mismo período sólo hubo 265 juicios orales con sentencia definitiva, la mayoría por hechos delictivos más graves, como homicidios. La pregunta es por qué. La respuesta está más allá de los números.

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Un interrogante quedó despejado. Aparecieron las últimas estadísticas de la Justicia penal provincial y corroboraron que aumenta el número de denuncias, y que perdura el acostumbramiento al colapso. Perdura y se acentúa. En 2017, los Tribunales quebraron una barrera e iniciaron 100.154 actuaciones para esclarecer supuestos delitos. En igual período hubo 265 juicios orales y 703 procesos prescribieron en el umbral del enjuiciamiento. Sólo el 0,2% de los casos abiertos finalizan con sentencia definitiva. Son muy escasas las chances de que una denuncia llegue a juicio -o de que un delincuente sea juzgado y reciba una sanción por los delitos que cometió-. El contraste entre los casos abiertos y los cerrados con enjuiciamiento genera otra pregunta: ¿cómo se explica este fenómeno? Es posible mencionar al menos 10 motivos, según un análisis que hicieron Dante Ibáñez, Carlos Caramuti y Rafael Macoritto, vocales de la Sala III de la Cámara Penal de esta capital.

Los jueces manifestaron que hay que ir más allá de los números expuestos en el informe que Daniel Posse, presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, proporcionó al legislador Marcelo Caponio (PJ). El oficialista había pedido los datos el 7 de marzo: la respuesta llegó el 19 de abril, luego de que el alto tribunal practicara una investigación interna con auxilio de la Oficina de Gestión Judicial -en el ínterin, Posse dijo que era necesario rever las cifras que manejaban internamente para dotarlas de mayor fiabilidad-. LA GACETA tuvo acceso a una copia de la contestación dada al legislador, que fue presentada el viernes en la comisión de Asuntos Constitucionales que aquel preside, y enviada a los colegios de abogados de la Capital y del Sur. La información llega justo cuando la Corte se comprometió a hacer todo lo que esté a su alcance para liderar la puesta en marcha del Código Procesal Penal sancionado en 2016, implementación pospuesta dos veces ya y cuya materialización depende de una serie de acciones coordinadas por los tres poderes del Estado.

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El informe “Caponio” permite actualizar -al menos respecto del fuero penal- la estadística de 2015, la última que divulgó la Justicia sobre su desempeño. En aquel momento habían ingresado 99.280 denuncias a los distintos centros judiciales de la provincia. Y ocho de cada 10 terminaban archivadas en la primera etapa del proceso, la investigación penal preparatoria a cargo de los fiscales de Instrucción.

La cifra de la desestimación temprana de denuncias no está disponible para 2017 y es uno de los aspectos que han de ser considerados para entender por qué el sistema funciona como funciona, según los magistrados Ibáñez, Caramuti y Macoritto. Si la tendencia de hace dos años se mantiene en el presente, alrededor de 20.000 causas lograrían pasar el primer filtro del sistema. En el camino, este volumen sigue achicándose aunque no geométricamente. Una cantidad enorme de expedientes queda atascado -por diferentes razones- en la etapa preliminar al juicio oral. En general, avanzan con mayor rapidez las causas con acusados privados de la libertad en forma provisoria, es decir, sin que la Justicia los haya juzgado y condenado efectivamente.

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A propósito de los números solicitados por Caponio, los camaristas de la Sala III dijeron por escrito a Marcelo Zelarayán, secretario de la Oficina de Gestión Judicial, que los resultados que arroja la estadística necesitaban una explicación. El tribunal que aquellos integran es un ejemplo de que las matemáticas, por sí solas, pueden generar una conclusión injusta puesto que este año están consagrados exclusivamente al debate del caso “Lebbos”. La audiencia de esa causa demanda cuatro de los cinco días hábiles, mañana y tarde incluidas. “Los números no reflejan la realidad del rendimiento de las salas de juicios penales. Por lo contrario, la información expresada así, como un conjunto numérico referido a la producción de los distintos procesos, resulta sesgada, en tanto no tiene en cuenta diversas variables y factores que influyen en el desarrollo diario de los juicios criminales que gestionamos”, dijeron. Y a continuación brindaron una decena de observaciones -sintetizadas en esta edición- que, según el criterio del tribunal, debe ser tenida en cuenta para una interpretación adecuada de la estadística.

1- El archivo temprano de los expedientes 

Las 100.154 actuaciones penales iniciadas en 2017 no reflejan el trabajo de selección que hace el Ministerio Público Fiscal, que desecha o archiva casos porque los hechos no refieren a delitos; por falta de evidencias, y por aplicación del principio de oportunidad (análisis de la relevancia) y de métodos alternativos de resolución de conflictos.

2- Elevada carga de trabajo

Las 100.154 denuncias penales ingresadas en 2017 impactan en una Justicia que sólo tiene ocho salas penales (seis en San Miguel de Tucumán y dos en Concepción). Si se divide el número de 265 procesos con sentencia definitiva en la cantidad de tribunales, la operación arroja que cada estrado celebró, en promedio, 33 juicios.

3- Capital humano desproporcionado

El número de causas supera desde todo punto de vista las posibilidades de quienes deben tramitarlas en las distintas etapas del proceso. Esta desproporción entre la cifra de magistrados, de funcionarios y de empleados, y la cantidad de trabajo se observa en general en el fuero penal, pero la oralidad la transparenta.

4- Se priorizan los casos complejos  

Cuanto más complejo es el caso, más  sofisticadas serán las pruebas que han de ser producidas. Esta circunstancia y la escasez de estructuras capacitadas para atender la necesidad inciden en los plazos. Y la garantía del derecho de defensa impone un límite a los tribunales, que deben garantizar la libertad probatoria amplia.

5- Diversidad de trámites previos a la audiencia

Una causa penal elevada a juicio oral requiere de numerosas diligencias para llegar, finalmente, a la audiencia (la organización demanda una coordinación rigurosa entre distintos actores). Esta preparación tiende a extenderse, entre otras razones, por los medios y recursos existentes, y por la resistencia de los imputados a ser juzgados.

6- El tiempo que demanda la producción de las pruebas

Cuanto más complejo es el caso, más sofisticadas serán las pruebas que han de ser producidas. Esta circunstancia y la escasez de estructuras capacitadas para atender la necesidad inciden en los plazos. Y la garantía del derecho de defensa impone un límite a los tribunales, que deben garantizar la libertad probatoria amplia.

7- La tarea del juez de juicio oral es indelegable

A diferencia de los restantes magistrados, los que celebran audiencias penales deben indefectiblemente estar en ellas. No pueden delegar esa función en funcionarios y empleados, quienes sólo pueden ayudar a organizar y a llevar adelante los actos, y a redactar los fundamentos de la sentencia.

8- Imposibilidad de instar el juicio abreviado

La promoción de este procedimiento más rápido (prescinde del debate oral cuando concurren determinadas circunstancias) no depende de los tribunales sino de las partes (acusación y defensa). Son ellas las que deben llegar a un acuerdo y presentarlo a los jueces para que lo controlen y dicten la sentencia.

9- Dificultades sistemáticas para integrar las salas

La celebración del juicio exige la presencia de un tribunal formado por tres camaristas penales. Pero ese estrado no es sencillo de configurar por, entre otros motivos, las vacantes existentes; las inhibiciones (apartamientos) y las licencias por enfermedad. Esta dificultad es recurrente y afecta el rendimiento.

10- Problemas para compatibilizar las agendas

No sólo es trabajoso formar el tribunal. A ello hay que añadir las dificultades para coordinar las agendas de los otros actores del debate: defensores oficiales y particulares, y fiscales de Cámara. Estos últimos son muy pocos para la elevada cantidad y variedad de audiencias en las que deben intervenir.

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