“No podemos vernos estigmatizados por la defensa de un cliente”

“No podemos vernos estigmatizados por la defensa de un cliente”

15 Marzo 2018

José María Molina - Abogado penalista

En junio de 2017 varios letrados del fuero penal hicimos una presentación conjunta ante el Colegio de Abogados de Tucumán a los fines de que expida una opinión en relación al libre ejercicio de la profesión.

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Se aclaró que esto no era a favor de ningún letrado en particular, pero sí englobaba a todos los suscribientes lo sucedido en aquellos tiempos con un abogado matriculado que tomó cierta repercusión pública y generó un sinfín de suspicacias, ya que esa persona podría ser cualquiera de nosotros el día de mañana. Nos referimos, en aquel momento, al retiro del pliego realizado por nuestro gobernador con relación a la designación del abogado Facundo Maggio. A raíz de aquella presentación, la Comisión de Defensa de la Defensa dictaminó que el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de la Provincia exhorte a los poderes constituidos y a la sociedad a tener presente la vigencia del considerando N° 18 del Congreso de las Naciones Unidas (1990, Cuba): “los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes, como consecuencia del desempeño de las funciones”. Ante el nuevo pliego realizado por el Gobernador, la situación vuelve a poner en discusión al libre ejercicio profesional. Muchas veces lo que se pone en tela de juicio es la ética del abogado penalista, generando en el público una visión negativa sobre los que nos toca defender alguna causa de resonancia pública. Cuando se trata de causas penales, aunque el abogado crea en la culpabilidad del cliente, puede encargarse de su defensa y utilizar todos los recursos legítimos y honestos para impedir una condena o reducir sus consecuencias. Ante lo manifestado en los últimos días legisladores y distintas agrupaciones en relación al pliego del Maggio, es menester explicar que los abogados particulares ejercemos libremente la profesión, representando a nuestros clientes de una forma técnica y no ideológica. En ningún caso podemos vernos estigmatizados por la representación de un cliente. Es nuestro trabajo; para ello prestamos juramento. De poner en tela de juicio la actuación profesional de un abogado penalista, deberíamos poner en duda actuaciones profesionales de otras áreas, y no sería correcto.

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