Según expertos, Jaldo deberá renunciar a un cargo

Según expertos, Jaldo deberá renunciar a un cargo

Cinco constitucionalistas coincidieron en que el vicegobernador tendrá que dar un paso al costado para asumir en el Congreso Los especialistas indicaron que la Constitución no admite la posibilidad de una licencia. Diferencias en cuanto al caso de Manzur

 POR NÉSTOR, CRISTINA Y EL MEJOR GOBERNADOR DE TUCUMÁN. Jaldo presta juramento en la Cámara Baja en 2013 (a los pocos días renunció). la gaceta / foto de Archivo POR NÉSTOR, CRISTINA Y EL MEJOR GOBERNADOR DE TUCUMÁN. Jaldo presta juramento en la Cámara Baja en 2013 (a los pocos días renunció). la gaceta / foto de Archivo
20 Agosto 2017

Las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) anticiparon que, salvo que ocurra un hecho imprevisible, el vicegobernador Osvaldo Jaldo será elegido diputado nacional en octubre. A la vista de ese pronóstico, comenzaron a asomar las especulaciones sobre qué hará el candidato número uno del oficialismo, quien al ingresar en la contienda por la renovación de las cuatro bancas en la Cámara Baja aseguró que esta vez su postulación no iba a ser testimonial. En los días posteriores a las PASO, comenzó a circular la versión de que, llegado el momento, Jaldo podría pedir licencia como vicegobernador como en su momento hizo Juan Manzur para ser ministro de Salud kirchnerista (2009-2015). Pero cinco constitucionalistas descartaron sin dudar esa posibilidad: según el criterio unánime de los expertos, Jaldo sí o sí deberá renunciar para asumir en el Congreso de la Nación.

Los profesores universitarios Rodolfo Burgos, Sergio Díaz Ricci, Carmen Fontán, Arturo Lazarte y Dante Mirra concluyeron que las constituciones federal (artículo 72) y provincial (artículos 9 y 61) no dan lugar a otra interpretación en distintas consultas realizadas durante el acto inaugural de la “Cumbre internacional. La construcción de un derecho común latinoamericano” (17 y 18 de agosto, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán). Aunque hubo apreciaciones diferentes respecto de lo que hizo Manzur, todos concordaron en que los cargos actual y potencial de Jaldo no son acumulables. O, dicho de otro modo, que son incompatibles.

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¿Quién abandonaría sin retorno la conducción del Poder Legislativo y la posibilidad de reemplazar al gobernador para ser un diputado más? La pregunta se planteó desde el momento en el que Jaldo se colocó en el rol protagónico de la contienda electoral. “Yo ya dije que el 10 de diciembre, y no tengo dudas de que mi lista va a ser la más votada y que tres diputados nacionales me van a acompañar, somos los primeros que vamos a jurar en la Cámara Baja”, manifestó el 28 de junio, luego de que la Legislatura le diese seis semanas de licencia para dedicarse a la campaña de las PASO (en la misma sesión, el cuerpo aprobó permisos para las también legisladoras y candidatas oficialistas Gladys Medina -segundo término- y Sandra Mendoza -cuarto lugar-). Jaldo carga con el antecedente de la postulación testimonial de 2013: en diciembre de ese año juró “por Néstor y Cristina Kirchner, y por el mejor gobernador de la historia de la provincia de Tucumán -José Alperovich-”, y luego dejó la Cámara Baja para reasumir como ministro del Interior. Por esa razón es que para fortalecer su posición en este turno incluso dijo que iba a comprometerse a ocupar su banca de diputado ante un escribano público.

Matizaciones

“Si el vicegobernador resulta elegido diputado, incurriría en un clara situación de incompatibilidad. Las alternativas serían: a) renunciar a la vicegobernación y ocupar el escaño legislativo, o b) seguir en el cargo actual y no asumir en Diputados, con lo que su candidatura devendría testimonial”, explicó Lazarte. Y añadió: “debo apuntar que otro tipo de solución sería a todas luces contraria a la estructura y la lógica de nuestro sistema federal de gobierno. Y que, a la vez, violaría todo principio ético por cuanto ambas funciones demandan de independencia de criterios y de actuaciones diferentes”.

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Mirra dijo que no había más opción que renunciar a una de las dos funciones porque ambas tenían naturaleza electiva (por extensión y para jurar en la Cámara Baja también deberían dimitir los legisladores Medina, Mendoza y Alberto Colombres Garmendia -aunque el artículo 61 autoriza la hipótesis del permiso- y el intendente Roberto Sánchez -los últimos dos son postulantes de Cambiemos-). Al respecto, matizó que la Constitución sólo preveía la licencia para el supuesto de la preexistencia de un puesto estatal obtenido por concurso, o integrado a una carrera o escala. “Por eso (Gumersindo) Parajón pudo conservar su cargo de oficial notificador mientras fue legislador y, cuando terminó su mandato, volvió a trabajar en Tribunales”, recordó. Mirra distinguió el caso de Jaldo del de Manzur: “este obtuvo una licencia como vicegobernador porque iba a ocupar un cargo no electivo en el Poder Ejecutivo Nacional (de la presidenta Cristina Kirchner)”.

Díaz Ricci adhirió a la postura de Mirra: según su criterio, cuando las constituciones provincial y federal exceptúan de la regla de incompatibilidad a los empleos de escala apuntan a la situación de los empleados y funcionarios públicos permanentes. “Pero está claro que no se pueden acumular dos puestos obtenidos por el voto popular y que nunca hubo un caso así”, dijo el también vocal del Tribunal de Cuentas. En cuanto a Manzur (pasó de un cargo electivo a otro no electivo en la Casa Rosada), Díaz Ricci llamó la atención sobre el hecho de que en su momento nadie había judicializado la licencia inédita de la que gozó durante más de un lustro.

Los profesores Fontán y Burgos consideraron que el hoy gobernador Manzur también debió haber renunciado a la vicegobernación para ser ministro nacional, y, al igual que Díaz Ricci, advirtieron que a más de uno se le pasó plantear la inconstitucionalidad en la Justicia. “Un antecedente reñido con la normativa no es un antecedente válido”, opinó Burgos. Fontán dijo que la Constitución no podía ser derogada por la práctica o la costumbre, y que el artículo 9 de la Constitución de Tucumán no ofrecía resquicios. “La simple aceptación de un segundo puesto deja vacante el primero”, leyó Burgos, también presidente de Canal 10, en la pantalla de uno de sus celulares. Fontán apuntó: “la Constitución no diferencia entre cargos electivos y no electivos”.

Para tener en cuenta

Reemplazante.- Si el vicegobernador Osvaldo Jaldo renuncia para asumir como diputado nacional, la conducción de la Legislatura quedará en manos de su presidente subrogante, el legislador oficialista Julio Silman, hasta 2019. Cuando el entonces vicegobernador Juan Manzur obtuvo una licencia especial para trabajar como ministro de Salud de la Nación, su sustituto fue el en ese momento presidente subrogante Regino Amado.

Reemplazante bis.- Además de presidir el Poder Legislativo, el vicegobernador es, como su nombre lo indica, el sustituto natural del gobernador. Por ello el potencial reemplazante de Jaldo -si gana en octubre y asume en Diputados- deberá sustituir a Manzur cuando este se ausente. En ese supuesto, el orden de sucesión indica que Silman ha de hacerse cargo del Poder Ejecutivo y que la Legislatura quedará en manos de su vicepresidente 1°, Guillermo Gassenbauer. Si Silman también se ausentara, Gassenbauer iría al Ejecutivo y el Poder Legislativo sería conducido por su vicepresidente 2°, el radical Ariel García.

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