
Una práctica profesional ilegal que ya registra muchos años de vigencia y que nació como consecuencia de los incumplimientos de las obras sociales especialmente del Subsidio de Salud- o de los efectos de la elevada inflación, motiva quejas continuas y reclamos de todo tipo de innumerables cantidad de pacientes: es llamado el “plus médico”, o cobro de un arancel diferenciado de parte de profesionales de la medicina a las personas que requieren sus servicios.
El “plus médico” surgió en 1985, cuando la inflación devaluó los aranceles establecidos y estos no se actualizaron en línea con ese crítico panorama económico. Pero ocurre que desde 1990 está rigiendo la ley N° 6.061 (la ley Fierro), que prohibe estos pagos adicionales y, sin embargo, esta práctica se mantiene, puntualmente resuelta por parte de los médicos -en general- pero también por cuenta de otros profesionales de la salud, como los bioquímicos.

Problema crónico si lo hay, que -como se sabe- impacta fuertemente en amplio sectores sociales, no termina de entenderse las razones por las que las autoridades toleran esta ilegalidad. Los médicos que perciben el “plus” explican que los aranceles por la prestación que realizan son exiguos, que están desactualizados en los convenios vigentes o que su pago se extiende a los 90 días. De modo que cobran la orden de consulta más una suma de dinero extra de variaciones amplias (desde $ 200 para arriba), pero que en la mayoría de los casos en los que se denuncia la situación, no otorgan recibo al paciente, con el cual este podría gestionar el reintegro ante su obra social.
Es sabido que los pacientes hacen frente a los aportes que les cobra su obra social a partir de su sueldo, mensualmente, para asegurarse una cobertura sanitaria que está sostenida por la legislación vigente, para -llegado el caso- enfrentar el momento en los que aparece la necesidad propia o de su núcleo familiar de una consulta o de algún estudio. Y ahí es cuando se encuentra en la disyuntiva y la incertidumbre de hacer frente a esta situación, en un momento de necesidad, que por lo general termina saldándose con el pago de ese extipendio. Los casos que casi continuamente se plantean a través de Cartas de Lectores, por informes periodístico y hasta por denuncia en las obras sociales, cuestionan no sólo esta actitud injusta, sino también el hecho de que el profesional que impone esas condiciones, finalmente no estaría realizando los aportes impositivos a la AFIP, toda vez que no entrega recibos ni la documentación correspondiente. Estaríamos, entonces, ante situaciones de múltiples perjuicios que el Estado provincial, a través de las autoridades competentes, no parece tener la suficiente capacidad de reacción.

Es que la ilegalidad de este asunto ya tiene más de 30 años en Tucumán y, para muchos, se trata directamente de una estafa encubierta en contra de los afiliados y del propio Estado, que llegaría incluso a contar con la complicidad de las autoridades, ya que no se conocen a ciencia cierta la aplican esta ley promulgada en 1990. Y más todavía; se conoce que una larga relación entre médico y paciente, vínculos que muchas veces forman parte de una primera necesidad, llega a sufrir serias consecuencias a raíz de práctica -con el tiempo se transforma en intolerante-, con efectos que casi siempre termina agregando complicaciones a las personas que necesitan recurrir a los profesionales de la Salud. Debería ser ya el tiempo de resolver definitivamente esta cuestión.







