Poviña rechazó el pedido de detención de Almaraz

Poviña rechazó el pedido de detención de Almaraz

El magistrado Fernando Poviña siguió el criterio del fiscal Pablo Camuña y rechazó los planteos de allanamientos y las detenciones solicitados por el Acuerdo para el Bicentenario. El juez consideró que no existía “sustento legal” alguno para privar de la libertad a uno de los secretarios de la Junta Electoral Provincial.

SECRETARIO. Almaraz (derecha) es una de las autoridades de la Junta Electoral.  la gaceta / foto de florencia zurita SECRETARIO. Almaraz (derecha) es una de las autoridades de la Junta Electoral. la gaceta / foto de florencia zurita
17 Septiembre 2015

El juez federal Fernando Poviña (N°2) no hizo lugar ayer a una serie allanamientos y detenciones requeridas por el candidato a gobernador del Acuerdo para el Bicentenario (ApB), José Cano, en el contexto de la causa que inició en ese fuero tras las elecciones del 23 de agosto por supuestos “fraude informático” y asociación ilícita para fraguar los resultados, entre otros delitos.

El diputado radical, que es querellante, había requerido que se secuestren de la sede de la Junta Electoral Provincial (JEP) las urnas y los telegramas y que se aprese a gendarmes (entre ellos al jefe de la IV región de la fuerza, Claudio Adolfo Maley), a autoridades de la JEP (los secretarios Darío Almaraz y Alfredo Iramain) y al docente santiagueño Francisco Omar Jiménez, dueño de la empresa Info FOG (instaló las cámaras de seguridad en el edificio de la Junta de calle Mendoza al 1.050).

“Desproporción”

Poviña siguió el criterio del fiscal federal N°2, Pablo Camuña, que le había solicitado el rechazo de las medidas. “Resultan desproporcionadas en relación al avance de las actuaciones, a la información reunida y a su vinculación con las hipótesis delictivas que se han formulado en el expediente”, había argumentado el investigador. Respecto del pedido opositor para el allanamiento de la JEP y del secuestro de telegramas y urnas, tanto el juez como el fiscal sostuvieron que no se habrían cumplido los estándares de “proporcionalidad, necesidad y razonabilidad” requeridos para una medida coercitiva del Estado, como un allanamiento.

Camuña, incluso, había advertido que, de hacerse lugar a ese pedido, este tendría como efecto “la obstaculización del acto eleccionario conducido por la JEP (...), lo que implicaría una violenta intervención del Poder Judicial federal en un acto soberano de la Provincia basal para su sistema democrático. Estas gravísimas repercusiones institucionales para nada encuentran justificativo de proporción en lo que hasta aquí resulta de la presente investigación”.

Respecto de las detenciones, Poviña consideró que no había “sustento legal” alguno para ordenarlas. Sobre ese punto, Camuña había tildado de “contradictorio y atentatorio de la eficacia de las medidas requeridas” que el denunciante haya afirmado que pretendía evitar el “peligro cierto e inminente de la desaparición de pruebas” y que, al mismo tiempo, haya puesto en conocimiento de su pedido a la opinión pública y a quienes señala como imputados. “Pareciera más una acción orientada hacia esa publicidad a través de los medios de comunicación que una acción que responda a un fin procesal útil y que esté razonablemente fundada. Es inadmisible cualquier instrumentalización de la libertad de una persona con otros fines que no sean los estrictamente procesales”, había cuestionado.

Medidas de prueba

Camuña explicó a LA GACETA que pidió medidas de prueba y que lo seguirá haciendo a medida que avance la pesquisa. En los últimos días, requirió informes a la JEP sobre los alcances del convenio suscrito entre el organismo de control de los comicios y Gendarmería Nacional. Asimismo, pidió que se le detalle si hubo reportes de eventos extraños durante la custodia de las urnas o denuncias tanto del oficialismo como de la oposición contra la fuerza durante las elecciones.

La Fiscalía aún no se expidió, en tanto, sobre la competencia de la Justicia federal en el asunto, teniendo en cuenta que el proceso electoral fue provincial.

La denuncia inicial de Cano había sido en contra de autoridades del Correo Argentino, empresa contratada por la Junta para brindar los servicios electorales (entre los que se encuentran el traslado de urnas, el escrutinio provisorio y la seguridad dentro de las escuelas, entre otros). El escrito daba cuenta de presuntas incongruencias entre los números de votos registrados en las planillas de los fiscales partidarios y los telegramas oficiales del Correo en la mesa 143 (capital).

El abogado de Cano, Juan Andrés Robles, había señalado que se habría cometido “fraude informático” para adulterar las cifras. Robles había asegurado que sospechaban que esa misma metodología podría haberse extendido a otras urnas.

La demanda se amplió con posterioridad a gendarmes, Jiménez y autoridades de la Junta luego de que se conocieran posibles fallas en el sistema de cámaras que debía registrar el movimiento de las urnas (egreso e ingreso de las cajas a la JEP).

Contra Camuña

Cano recusó al fiscal, pero el juez rechazó el cuestionamiento

Que se desempeñó durante varios años como fiscal ad hoc en juicios por delitos de lesa humanidad “con el absoluto beneplácito del Poder Ejecutivo Nacional”. Que su designación “gozó de la simpatía de la Presidenta (Cristina Fernández de Kirchner), no obstante los demás concursantes postulados”. Que la Presidenta “exigió mediante los medios masivos que la oposición reconozca el triunfo de quien se encuentra cuestionado (por Juan Manzur)”. Esos fueron los argumentos que José Cano enumeró para recusar al fiscal Pablo Camuña.  El juez Fernando Poviña no hizo lugar al pedido del diputado. “La objetividad del doctor Camuña para intervenir en este caso no se ha visto afectada, toda vez que el hecho de que haya intervenido como fiscal en causas de lesa humanidad, como así también que haya accedido a su cargo luego del proceso de selección y que cuente con el correspondiente acuerdo del Senado no son causales previstas”, desestimó.       

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