La emergencia parece ser un hábito provincial. Aun cuando la nueva gestión no enfrenta un clima de conflictos, las principales normas dictadas tienen que ver con la inestabilidad.
Antes de asumir, el gobernador José Alperovich consiguió que la anterior Legislatura sancionara un paquete de leyes cuya esencia es la contingencia. No es otro el espíritu de una normativa que permite intervenir municipios y comunas con el voto de sólo 21 legisladores, medida que sólo se sustenta en el enfrentamiento irreconciliable entre los poderes municipales o en graves hechos que pongan en peligro la paz social.
Por la misma senda camina el nuevo régimen de decretos de necesidad y urgencia, que ya no demandan del Parlamento para quedar firmes, sino todo lo contrario. Basta con que no los traten para que tengan plena vigencia. Esas disposiciones se justifican frente a circunstancias que impiden esperar la instancia legislativa normal. Son, de hecho, una vía de legislación no ordinaria.
Ya en el poder, la primera medida del Gobierno fue un decreto de necesidad y urgencia para modificar la Ley de Ministerios. Y entre las cinco disposiciones siguientes figura un decreto-acuerdo que otorga facultades excepcionales al Poder Ejecutivo. Por su intermedio se pueden reestructurar secretarías y ministerios, modificar categorías presupuestarias y cargos, y, consecuentemente, adecuar la planta de personal.
Independientemente de las normas en sí (cuyo contenido ya ha sido cuestionado), en el fondo Alperovich no está inaugurando una nueva forma de administrar el Estado. Por el contrario, está profundizando una tendencia que ni siquiera es patrimonio tucumano. Un "uso y costumbre" gubernamental que resulta, cuanto menos, inquietante.
Todas estas acciones parecen alimentar una suerte de descreimiento sobre algunos aspectos clave de los sistemas democráticos. Concretamente, es como si se dijera -y con hechos- que los mecanismos de la democracia no son útiles, no sirven para resolver los problemas serios y los de fondo. Consecuentemente, cada vez que hay que afrontar uno, hay que saltear esos esquemas.
Lo singular es que esta concepción va a contrapelo de los hechos. Afortunadamente, la democracia argentina, configurada en la Constitución nacional, ha dado una muestra acabada de su efectividad. Tras la caída del gobierno de la Alianza en diciembre de 2001, fueron los mecanismos previstos en la Carta Magna, junto con la vocación democrática del pueblo, los que permitieron que el régimen republicano siguiera en pie.
Justamente, Ley Fundamental de la Nación da un contexto más acabado a las normas dictadas en Tucumán. En ese texto, junto con los decretos de necesidad y urgencia (la Constitución de Tucumán no los prevé) se establecen contados mecanismos extraordinarios destinados a superar casos de gravedad inusitada (como ataque exterior, o hechos que comprometan la unidad nacional, el sistema republicano y representativo, a las autoridades legítimas o al régimen federal). Son, puntualmente, las amnistías, el estado de sitio y -nada menos- la intervención, en este caso de tipo federal y dirigida a las provincias.
Primer test
El vicegobernador y abogado Fernando Juri tiene previsto abocarse hoy a estudiar el decreto que da poderes excepcionales al Poder Ejecutivo. Lo hará junto con miembros de la comisión de Legislación General, desde donde ya se han formulado observaciones. Los reparos no tienen que ver con los cambios de estructuras, potestad de un Gobierno que establece un nuevo organigrama de gestión, sino con las modificaciones del presupuesto y de la planta de personal.
El tratamiento de esa norma será un primer índice para medir las convicciones del oficialismo parlamentario. En el almuerzo del martes pasado en Casa de Gobierno, mientras Alperovich los miraba comer, los 26 legisladores del PJ cuestionaron a los ediles de la capital y les reclamaron que cumplan con sus funciones. Frente al decreto 6/1, que retacea otra facultad al Parlamento como es la de controlar el plan de gastos e inversiones de la provincia, será interesante observar qué postura adoptarán.







