El Gobierno intimará a empresas a recibir Docof

La fiscal de Estado adjunta dijo que se enviarán cartas documento a 220 acreedores para que acepten la forma de pago. La deuda llegaría a $ 31 millones.

27 Junio 2003
El Gobierno resolvió intimar, por carta documento, a unos 220 acreedores para que acepten la forma de pago de los depósitos de bonos que hicieron el año pasado en viejas operatorias de canje, y que aún no pudieron recuperar ese dinero. Así lo anunció ayer a LA GACETA la fiscal de Estado adjunta, Sara Fause.
Las empresas afectadas por el "corralito de los Bocade" están obligadas a recibir los Documentos de Cancelación de Obligaciones Fiscales (Docof), cheques diferidos y hasta $ 15.000 en efectivo que se estableció mediante un decreto de necesidad y urgencia convertido en ley por la Legislatura. "Si el acreedor no acepta, el Gobierno hará el depósito judicial por el total de la deuda y con el esquema de pago trazado, porque no queremos que se genere intereses", dijo Fause.
La deuda original por "el corralito de los bonos" ascendía a $ 64,5 millones. Desde el Ministerio de Economía se informó que ya se cancelaron los depósitos que efectuaron 200 acreedores. No obstante, aún quedan por cumplir con el pago de la deuda a grandes empresas por un monto que superaría los $ 31 millones, según los cálculos oficiales. La ofensiva oficial por obligar a los acreedores a recibir los Docof llega justo cuando el Gobierno sufrió un nuevo revés judicial frente a las pretensiones de algunas empresas de recuperar sus depósitos de bonos. La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 1.208 dictado por el Poder Ejecutivo y la restitución de $ 286.210 a la firma Tarrab SA que presentó un recurso de amparo. Con este caso, serían siete los embargos trabados contra las cuentas oficiales por un monto que rondaría los $ 5 millones.
Ante ese hecho, la Fiscalía de Estado planteó un recurso de inconstitucionalidad contra la decisión adoptada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Esa cámara argumentó, en el fallo, que no se puede cercenar derechos adquiridos por parte de los particulares que confiaron en un sistema de canje y que el PE incumplió con la restitución de los fondos.

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