10 Marzo 2011 Seguir en 
BUENOS AIRES.- Las empresas particulares y que están alcanzadas por los beneficios de la Ley de Promoción Industrial, deberán emitir comprobantes electrónicos originales a partir de mayo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el alcance de la factura electrónica a las firmas promovidas y particulares que gocen de beneficios fiscales, con el fin de otorgar mayor transparencia a los patrocinios otorgados por el Estado, indicó oficialmente el organismo.
La medida se establece mediante la resolución general 3056, y estipula que los comprobantes que se deben facturar electrónicamente son las Facturas, Notas de Débito y Notas de Crédito clases A y B. Además, tendrán que entregar comprobantes en forma separada por actividad y proyecto.
"La medida permitirá acotar el campo de acción de quienes operen con facturas apócrifas, como así también optimizar los procesos de control del cumplimiento de los proyectos promocionados y el conocimiento de los sujetos intervinientes en las transacciones", dijo el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray. La obligatoriedad de la factura electrónica abarca las operaciones en el mercado interno. (NA)
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el alcance de la factura electrónica a las firmas promovidas y particulares que gocen de beneficios fiscales, con el fin de otorgar mayor transparencia a los patrocinios otorgados por el Estado, indicó oficialmente el organismo.
La medida se establece mediante la resolución general 3056, y estipula que los comprobantes que se deben facturar electrónicamente son las Facturas, Notas de Débito y Notas de Crédito clases A y B. Además, tendrán que entregar comprobantes en forma separada por actividad y proyecto.
"La medida permitirá acotar el campo de acción de quienes operen con facturas apócrifas, como así también optimizar los procesos de control del cumplimiento de los proyectos promocionados y el conocimiento de los sujetos intervinientes en las transacciones", dijo el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray. La obligatoriedad de la factura electrónica abarca las operaciones en el mercado interno. (NA)
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