Los detienen, pero sólo por poco tiempo

Los detienen, pero sólo por poco tiempo

Fiscales y jueces tienen distintos criterios a la hora de analizar la portación ilegal de armas

19 Diciembre 2010
No hay dudas que las armas de fabricación casera son armas de fuego. ¿Pero qué tipo de armas son las tumberas para ley? El Código Penal no las define expresamente. Y ese sería el principal motivo por el que no siempre las personas que son encontradas con armas hechizas quedan detenidas.

Diego Lammoglia, profesor de Derecho Penal de la Universidad Nacional de Tucumán, explica que la portación ilegal de armas, prevista en el artículo 189 bis del Código Penal, contempla delitos considerados de dudosa constitucionalidad. "Son delitos de peligro abstracto. Es decir, no está claro cómo se afecta el bien jurídico de la seguridad pública, sobre todo en la tenencia de armas", afirmó.

El artículo en cuestión distingue la tenencia ilegal de la portación. Según Lammoglia, la doctrina define a la portación como la acción que consiste en portar, llevar consigo, exhibir o blandir un arma de fuego. Por lo tanto, tener una tumbera en la vía pública es considerada portación ilegal de armas.

En el decreto reglamentario de la Ley de Armas y Explosivos, se considera en uno de sus incisos que son de guerra las armas de fuego o de lanzamiento disimuladas. Precisamente en este inciso se basaron diversos fallos de la Justicia para considerar la portación de tumberas como armas de guerra. "Precisamente (las tumberas) tienen esa condición (de disimulación) ya que a simple vista parecen dos simples caños, que sin embargo son aptos para disparar cartuchos ... de altísimo poder lesivo", dijo en un fallo el juez Jorge García, de Rosario.

Al ser considerada armas de guerra, el Código Penal establece una pena de tres años y seis meses a ocho años y seis meses de reclusión o prisión, en el caso de portación. Es decir que el delito no es excarcelable, por lo que los detenidos deberían aguardar en prisión la sustanciación del juicio.

Sin embargo, fuentes policiales indicaron que una de las preocupaciones es que, en la mayoría de los casos, quienes son aprehendidos en la vía pública recuperan luego su libertad a pesar de lo que dice el Código.

Lammoglia explica en este sentido que todo queda en manos de los jueces, quienes muchas veces difieren en la consideración de si se trata de tenencia o portación. "Si alguien tiene una pistola en su casa, guardada en el ropero y descargada, es dudoso como se afecta a la seguridad pública. Ahora, si sale con el arma a la calle, ya es otra cosa", manifestó.

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