02 Agosto 2009 Seguir en 
El acuerdo fiscal está en la cuenta regresiva. Al momento de leer esta nota, el reloj que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) marcará que restan 29 días para regularizar las deudas, repatriar capitales o blanquear el personal que aún no está registrado. El conteo puede observarse en el sitio www.afip.gob.ar, como así también las características de la moratoria lanzada por el Gobierno nacional en su afán por recaudar fondos adicionales en un período de crisis, de recesión económica.
Hasta ahora, el Ejecutivo no ha dado señales de prorrogar el régimen. El jueves último, luego de una charla con el interventor de la AFIP, Ricardo Echegaray, el ministro de Economía, Amado Boudou, confirmó que no habrá más plazo para el blanqueo de capitales. No obstante, dejó trascender que se analiza incluir dentro de la moratoria, las deudas impositivas originadas en 2008.
La exteriorización debe realizarse mediante declaración jurada. Para ello, en su sitio web, la AFIP cuenta con programa aplicativo denominado "Régimen de regularización impositiva DJ INFORMATIVA - Versión 1.0" . Para esto, el contribuyente debe contar con un CUIT.
En el caso de la regularización impositiva, la moratoria incluye deudas por períodos vencidos al 31 de diciembre de 2007, incluidas o no en planes de pago anterior. Quienes aún no se adhirieron al régimen pueden hacerlo hasta fines de mes, incluyendo cada una de las obligaciones dentro del sistema con Clave Fiscal "Mis Facilidades", opción "Ley 26.476 - TITULO I". La AFIP recuerda que se deberá informar la Clave Bancaria Unica (CBU) en la que se debitarán las cuotas del plan.
Entre otros beneficios, la condonación de intereses resarcitorios y los capitalizados, se efectuará automáticamente por el sistema "Mis Facilidades", considerando el momento del acogimiento. Además, se condonarán las multas y demás sanciones, cualquiera sea la instancia en que se encontraran (administrativa, contencioso administrativa o judicial), y siempre que no se hallaran consentidas o ejecutadas al 24 de diciembre de 2008.
La moratoria de la AFIP contempla un plazo de pago de la deuda de hasta 120 cuotas mensuales y consecutivas.
Un plan para ponerse al día con el fisco
120
es el máximo de cuotas que puede optar un contribuyente.
0,75%
es el interés mensual que debe abonar por la deuda.
$ 150
es el monto mínimo de la cuota (excluidos intereses de financiamiento).
29
días restan para la caducidad del plan de financiación de la AFIP, denominado acuerdo fiscal.
Hasta ahora, el Ejecutivo no ha dado señales de prorrogar el régimen. El jueves último, luego de una charla con el interventor de la AFIP, Ricardo Echegaray, el ministro de Economía, Amado Boudou, confirmó que no habrá más plazo para el blanqueo de capitales. No obstante, dejó trascender que se analiza incluir dentro de la moratoria, las deudas impositivas originadas en 2008.
La exteriorización debe realizarse mediante declaración jurada. Para ello, en su sitio web, la AFIP cuenta con programa aplicativo denominado "Régimen de regularización impositiva DJ INFORMATIVA - Versión 1.0" . Para esto, el contribuyente debe contar con un CUIT.
En el caso de la regularización impositiva, la moratoria incluye deudas por períodos vencidos al 31 de diciembre de 2007, incluidas o no en planes de pago anterior. Quienes aún no se adhirieron al régimen pueden hacerlo hasta fines de mes, incluyendo cada una de las obligaciones dentro del sistema con Clave Fiscal "Mis Facilidades", opción "Ley 26.476 - TITULO I". La AFIP recuerda que se deberá informar la Clave Bancaria Unica (CBU) en la que se debitarán las cuotas del plan.
Entre otros beneficios, la condonación de intereses resarcitorios y los capitalizados, se efectuará automáticamente por el sistema "Mis Facilidades", considerando el momento del acogimiento. Además, se condonarán las multas y demás sanciones, cualquiera sea la instancia en que se encontraran (administrativa, contencioso administrativa o judicial), y siempre que no se hallaran consentidas o ejecutadas al 24 de diciembre de 2008.
La moratoria de la AFIP contempla un plazo de pago de la deuda de hasta 120 cuotas mensuales y consecutivas.
Un plan para ponerse al día con el fisco
120
es el máximo de cuotas que puede optar un contribuyente.
0,75%
es el interés mensual que debe abonar por la deuda.
$ 150
es el monto mínimo de la cuota (excluidos intereses de financiamiento).
29
días restan para la caducidad del plan de financiación de la AFIP, denominado acuerdo fiscal.










