No hay control institucional para lo gastado en la elección de agosto

No hay control institucional para lo gastado en la elección de agosto

Sólo se prevé una revisión entre los partidos. La Nación sí hace aportes a las fuerzas políticas y por eso pautó una legislación con severas exigencias a las agrupaciones.

votacion. Cada partido informa por su cuenta lo erogado para los comicios.  LA GACETA / OSVALDO RIPOLL votacion. Cada partido informa por su cuenta lo erogado para los comicios. LA GACETA / OSVALDO RIPOLL
17 Septiembre 2007
Habrá que esperar hasta cerca de la elección nacional para saber, oficialmente, cuánto gastó cada partido en los comicios provinciales del 26 de agosto. Las cifras que se conozcan serán declaradas por cada organización, sin control institucional alguno.
Las normas electorales vigentes en Tucumán prevén pocos límites a la obtención y a la utilización de los recursos, y no establecen ningún esquema para supervisar las erogaciones desde el Estado. Sólo se fija una suerte de rendición de cuentas dentro de los dos meses después de realizada la votación en el inciso C del artículo 54 de la ley 5.454, capítulo “Del Control Patrimonial”.
La obligación es de presentar una relación detallada de los ingresos y egresos concernientes a la campaña ante la Junta Electoral Provincial (JEP), para que otro partido pueda revisar lo declarado y realizar impugnaciones en los siguientes 30 días. Pero en la historia reciente no se registra ningún planteo en ese sentido.
En el artículo 48 de la misma norma se prohíbe recibir contribuciones o donaciones anónimas (salvo las colectas populares); de entidades autárquicas o descentralizadas, nacionales, provinciales o municipales; de empresas concesionarias de servicios u obras públicas o que exploten juegos de azar; de gobiernos, entidades o empresas extranjeras; de asociaciones sindicales o profesionales. De violar estas disposiciones, partidos y aportantes serán multados.
Atento a estas  disposiciones, no existe un control preventivo de la JEP sobre la salida de fondos desde entes estatales para financiar campañas políticas.
El motivo principal de esta ausencia de una legislación detallada es que el Estado provincial, a diferencia del nacional, no efectúa aportes para las campañas de las estructuras políticas (ni siquiera para la impresión de los votos). Por eso, la Nación sí tiene disposiciones específicas y obliga a realizar actos informativos previos a la votación, según la ley 26.215 (sancionada en 2006).
Así, los partidos y frentes que compiten para la votación presidencial del 28 de octubre deberán presentar el informe final de gastos de campaña ante el juez electoral del distrito hasta 10 días antes de la elección. La Cámara Electoral Nacional determinó que el límite de gastos de cada estructuras nacional podrá alcanzar casi $ 40 millones ($ 1,5 por cada elector). Sólo se admitirán donaciones de cada una de las personas jurídicas o físicas que quieran hacerlo por el 1% y el 2%, respectivamente, de ese total.
Para los partidos de distrito, el tope estará fijado en $ 1,5 por cada votante que figure en el padrón de esa provincia. En Tucumán, donde se renovarán cinco bancas de diputado nacional, ronda los $ 1,4 millón.
La Nación hará un aporte especial para la actividad proselitista. Del monto global, el 30% se dividirá en forma igualitaria entre todos los partidos políticos que presenten candidatos y el 70% restante, en forma proporcional a los votos obtenidos en la última elección. También se liquidará un fondo especial y uniforme entre las organizaciones para que puedan imprimir una boleta por cada empadronado a cargo del Estado. El resto de los votos será afrontado por la agrupación.

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