La Corte de la Nación habilitó los juicios laborales

Será posible entablar demandas por accidentes. La medida abriría litigios entre los trabajadores y los empleadores.

15 Junio 2007
Buenos Aires.- La Corte Suprema de Justicia admitió el derecho de un trabajador a litigar ante los tribunales ordinarios para reclamar una indemnización por accidente de trabajo, pese a que ya había percibido una reparación económica por accidente a través de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). El fallo fue dictado en beneficio de Raúl Llosco, que había reclamado a su empleador una indemnización integral de los daños derivados de un accidente laboral con base en el derecho civil. Para ello, planteó la inconstitucionalidad de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), en cuanto le impedía el ejercicio de la acción civil, concediéndole sólo derecho a una reparación tarifada a cargo de la ART.
“Nada impide que un operario dañado reclame y obtenga de la ART lo que la Ley de Riesgos de Trabajo le reconoce y, posteriormente, impugne esta ley en la medida en que le niega la posibilidad de reclamar al empleador, por la vía civil, la diferencia indemnizatoria que estime insatisfecha”, indicaron los ministros en su resolución judicial. El fallo fue firmado por los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raul Zaffaroni y Carmen Argibay.
 La decisión, desde la óptica de las empresas, abriría la puerta a numerosos litigios contra los empleadores, en momentos en que se discute una nueva ley de Riesgos del Trabajo. (NA)

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