20 Abril 2006 Seguir en 
No hay palabra que sugiera precaución (en el obrar) con tanto énfasis como cautela. Por ello, cautelar se denomina jurídicamente a la medida dispuesta durante un proceso a fin de asegurar preventivamente que, frente a un peligro inminente, un derecho, que se presume verosímil, no sea conculcado si hay demoras en satisfacerlo; entonces, sin necesidad de esperar la finalización del juicio se dispone algo que proteja a ese derecho y que anticipa cómo será la sentencia de fondo.
Lo curioso es que, según el lapidario dictamen del diputado nacional Carlos Kunkel, de la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura (CM), lejos de aquella prudencia, el juez federal número dos, Felipe Terán, libraba cautelares como si fueran cheques en blanco (sic), frente a quienes demandaban la declaración de inconstitucionalidad del decreto mediante el cual el Poder Ejecutivo nacional dispuso la pesificación de los títulos de la deuda pública.
Kunkel, cuando pidió que Terán sea removido del cargo, argumentó que este fue funcional a maniobras contra el erario, porque no comprobaba si los accionantes cumplían con los requisitos para que, excepcionalmente, les devolvieran el dinero en dólares y porque no constataba si los bonos habían sido adquiridos antes de la declaración de default o a posteriori, a precio vil. El ejemplo paradigmático es el de Yolanda Borquez, que el 25 de noviembre de 2004 promovió una demanda, en la que acompañaba constancias de bonos por U$S 620.000. Sin precisar montos, el 23 de diciembre de ese año, Terán ordenó al Estado -medida cautelar mediante- que pagara los títulos públicos depositados en la cuenta de la mujer. La Procuración del Tesoro de la Nación puso el grito en el cielo, porque había casi U$S 5 millones.
Después del dictamen de Kunkel, Terán dijo que él es el único juez que promovió una investigación penal por estos hechos. Pero olvida que él giró las actuaciones al fiscal federal Carlos Brito el 18 de agosto de 2005, es decir, cinco meses después de la primera advertencia que, el 9 de marzo de ese año, le había efectuado el Estado nacional (por medio de la abogada Laura Alercia) de que habían sido depositados (en la cuenta de Borquez) títulos adquiridos después del default. Y el 2 de mayo, el letrado Guillermo Jerez -también por la Nación- volvió a señalarle lo mismo. Pese a esto, el 3 de junio, Terán le impuso al Estado una suerte de multa (astreintes) de $ 500 diarios porque se demoraba en cumplir con la cautelar a favor de Borquez. Jerez, sobrino del ex fiscal anticorrupción Esteban Jerez, debió insistir con otro escrito el 1 de julio. Tanto fue el cántaro a la fuente que el 16 de agosto Terán debió dejar sin efecto la cautelar.
Otra cosa llama la atención. Durante la Conferencia Nacional de Jueces, que se realizó en Santa Fe y en la que se discutió sobre ética judicial, Carlos Enrique Jiménez Montilla, vocal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal, llamativamente, pidió a la opinión pública cautela respecto de Terán y del otro juez federal, Jorge Parache, también bajo sumario (al igual que Terán) del CM (y por el mismo tema).
Pareciera que Jiménez Montilla no podría haber hecho otra cosa. El 6 de noviembre de 2003 (el expediente es el 4401/03), con el patrocinio de Daniel Martín (intervino en causas similares y tuvo alguna actuación en la de Borquez) accionó por los bonos que tenía en la cuenta comitente 7.916 de la Caja de Valores S.A. (U$S 121.040,67 en dólares y $ 67.506,98, en diferentes títulos, según la constancia que acompañó). Sólo ocho días más tarde, Parache ordenó el pago, pero como el Estado apeló, el 10 de marzo de 2004 debió abrir un incidente, que pasó a la Cámara Federal y desde entonces no se sabe mucho. Es el secreto mejor guardado de Las Piedras al 400. Tanto, que el expediente no figura en la auditoría del CM, de la que derivaron los sumarios contra Terán y Parache, aunque sí en el descargo de la auditoría de la Procuración del Tesoro y en la actuación preliminar que el fiscal Brito lleva adelante por 15 cautelares bajo sospecha.
Por lo que pasa, viene bien saber que la palabra cautela tiene otra acepción: “astucia, maña y sutileza...”.
Lo curioso es que, según el lapidario dictamen del diputado nacional Carlos Kunkel, de la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura (CM), lejos de aquella prudencia, el juez federal número dos, Felipe Terán, libraba cautelares como si fueran cheques en blanco (sic), frente a quienes demandaban la declaración de inconstitucionalidad del decreto mediante el cual el Poder Ejecutivo nacional dispuso la pesificación de los títulos de la deuda pública.
Kunkel, cuando pidió que Terán sea removido del cargo, argumentó que este fue funcional a maniobras contra el erario, porque no comprobaba si los accionantes cumplían con los requisitos para que, excepcionalmente, les devolvieran el dinero en dólares y porque no constataba si los bonos habían sido adquiridos antes de la declaración de default o a posteriori, a precio vil. El ejemplo paradigmático es el de Yolanda Borquez, que el 25 de noviembre de 2004 promovió una demanda, en la que acompañaba constancias de bonos por U$S 620.000. Sin precisar montos, el 23 de diciembre de ese año, Terán ordenó al Estado -medida cautelar mediante- que pagara los títulos públicos depositados en la cuenta de la mujer. La Procuración del Tesoro de la Nación puso el grito en el cielo, porque había casi U$S 5 millones.
Después del dictamen de Kunkel, Terán dijo que él es el único juez que promovió una investigación penal por estos hechos. Pero olvida que él giró las actuaciones al fiscal federal Carlos Brito el 18 de agosto de 2005, es decir, cinco meses después de la primera advertencia que, el 9 de marzo de ese año, le había efectuado el Estado nacional (por medio de la abogada Laura Alercia) de que habían sido depositados (en la cuenta de Borquez) títulos adquiridos después del default. Y el 2 de mayo, el letrado Guillermo Jerez -también por la Nación- volvió a señalarle lo mismo. Pese a esto, el 3 de junio, Terán le impuso al Estado una suerte de multa (astreintes) de $ 500 diarios porque se demoraba en cumplir con la cautelar a favor de Borquez. Jerez, sobrino del ex fiscal anticorrupción Esteban Jerez, debió insistir con otro escrito el 1 de julio. Tanto fue el cántaro a la fuente que el 16 de agosto Terán debió dejar sin efecto la cautelar.
Otra cosa llama la atención. Durante la Conferencia Nacional de Jueces, que se realizó en Santa Fe y en la que se discutió sobre ética judicial, Carlos Enrique Jiménez Montilla, vocal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal, llamativamente, pidió a la opinión pública cautela respecto de Terán y del otro juez federal, Jorge Parache, también bajo sumario (al igual que Terán) del CM (y por el mismo tema).
Pareciera que Jiménez Montilla no podría haber hecho otra cosa. El 6 de noviembre de 2003 (el expediente es el 4401/03), con el patrocinio de Daniel Martín (intervino en causas similares y tuvo alguna actuación en la de Borquez) accionó por los bonos que tenía en la cuenta comitente 7.916 de la Caja de Valores S.A. (U$S 121.040,67 en dólares y $ 67.506,98, en diferentes títulos, según la constancia que acompañó). Sólo ocho días más tarde, Parache ordenó el pago, pero como el Estado apeló, el 10 de marzo de 2004 debió abrir un incidente, que pasó a la Cámara Federal y desde entonces no se sabe mucho. Es el secreto mejor guardado de Las Piedras al 400. Tanto, que el expediente no figura en la auditoría del CM, de la que derivaron los sumarios contra Terán y Parache, aunque sí en el descargo de la auditoría de la Procuración del Tesoro y en la actuación preliminar que el fiscal Brito lleva adelante por 15 cautelares bajo sospecha.
Por lo que pasa, viene bien saber que la palabra cautela tiene otra acepción: “astucia, maña y sutileza...”.
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