Suspensión de contrataciones en el sector público: ¿qué excepciones habilitó el Gobierno nacional?

El alcance de la disposición y los casos en los que se permitirán nuevas incorporaciones.

Javier Milei. Javier Milei.
Hace 2 Hs

En línea con la política de reducción del gasto y reorganización del Estado, el Gobierno nacional decidió extender la suspensión de las incorporaciones de personal en el ámbito del Sector Público Nacional. La medida fue oficializada a través del decreto 934/2025, publicado en el Boletín Oficial.

La norma establece que los organismos y dependencias estatales no podrán avanzar con designaciones ni contrataciones de personal bajo ninguna modalidad, incluyendo plantas transitorias, contratos laborales, locaciones de servicios profesionales, designaciones temporarias en planta permanente y vínculos financiados por regímenes especiales o fondos extrapresupuestarios.

Excepciones

El decreto, sin embargo, contempla una serie de excepciones para áreas consideradas estratégicas o que cuentan con regímenes particulares. Entre ellas se encuentran las universidades nacionales; las Fuerzas Armadas y de Seguridad; el Servicio Penitenciario Federal; el Sistema Nacional de Manejo del Fuego; el Cuerpo de Guardaparques Nacionales; hospitales e institutos dependientes del Ministerio de Salud; personal de gabinete y cargos ejecutivos y jefaturas comprendidos en el SINEP.

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En los casos en que se habilite una excepción, el Gobierno fijó una condición: por cada incorporación deberán registrarse previamente dos bajas de personal. Estas podrán corresponder a renuncias, jubilaciones, desvinculaciones o finalización de contratos ocurridas a lo largo de 2026.

Quedan excluidas de ese cómputo las salidas producidas por planes de retiro voluntario o acuerdos especiales de desvinculación. Además, cada alta deberá contar con la autorización previa de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, que evaluará el cumplimiento de los requisitos establecidos.

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