Revés para el Gobierno: la Justicia frenó el decreto que suspendió la ley de financiamiento universitario

Martín Cormick dispuso una medida cautelar que dejó provisoriamente sin efecto el Decreto 759/2025, que había condicionado la aplicación de la norma pese a la insistencia del Congreso.

Revés para el Gobierno: la Justicia frenó el decreto que suspendió la ley de financiamiento universitario
Hace 4 Hs

Un duro revés sufrió este martes la administración del presidente Javier Milei.  El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 suspendió el decreto que había dejado sin efecto la ley de financiamiento universitario. La medida fue dispuesta por el juez Martín Cormick y obliga al Poder Ejecutivo (PE) a aplicar de manera inmediata los aumentos salariales y de becas para los estudiantes.

En su resolución, el magistrado destacó la existencia de un deber claro por parte del Estado, sustentado en el proceso legislativo que incluyó el veto del presidente Milei y la posterior ratificación de la ley por ambas cámaras del Congreso.

Al fundamentar el fallo, Cormick subrayó que “el deterioro salarial tiene una incidencia no sólo sobre el colectivo demandante sino sobre el efecto de su trabajo -esto es, una afectación del Derecho a enseñar y aprender del artículo 14 de la Constitución Nacional-”. En ese sentido, sostuvo que la situación impacta de manera directa en el sistema educativo público.

Asimismo, el magistrado señaló que “la no concesión de la medida implicaría a priori y en el estado larval del proceso, un ahorro poco significativo porcentualmente para el presupuesto global de gastos de la Administración Pública Nacional”, relativizando el argumento fiscal esgrimido por el Ejecutivo.

La acción judicial se inició luego de que el jefe de Estado vetara la ley de financiamiento universitario, veto que fue ratificado por el Congreso con la mayoría requerida. No obstante, posteriormente el Gobierno dispuso su suspensión mediante un decreto. Frente a esto, Cormick afirmó que, en una revisión preliminar, la insistencia legislativa debe prevalecer sobre cualquier suspensión administrativa, ya que la Constitución Nacional no contempla esa posibilidad.

Los fundamentos

El magistrado también cuestionó el fundamento legal del decreto, que se apoyaba en una disposición de la ley 24.629 sobre la exigencia de financiamiento explícito para nuevos gastos. Según el fallo, esta norma de menor jerarquía no puede imponerse sobre un mandato constitucional expreso.

Por último, Cormick descartó que la medida cautelar genere consecuencias irreversibles, al señalar que su aplicación es temporal y puede ser ajustada en función del debate presupuestario en curso. En ese marco, indicó que la suspensión del decreto respeta el principio de división de poderes y se mantendrá vigente hasta que se dicte una resolución definitiva en la causa, con la exigencia de una caución juratoria como garantía.

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