Vetos de Milei: qué debe pasar para que se conviertan en ley, según una constitucionalista

Carmen Fontán advirtió que el Gobierno libertario podría judicializar si pierde la pulseada en el Congreso.

04 Agosto 2025

El reciente veto del presidente Javier Milei a tres leyes aprobadas por el Congreso -vinculadas con mejoras en haberes jubilatorios, una prórroga para acceder al sistema previsional sin los años de aporte y la emergencia en discapacidad- volvió a encender una puja entre el Ejecutivo y el Legislativo. En ese contexto, la abogada constitucionalista Carmen Fontán analizó en LA GACETA las implicancias del conflicto institucional y detalló los pasos que deberían seguirse según la Carta Magna.

“Este veto no debería sorprender a nadie, está previsto en la Constitución Nacional. Lo que sí debe aclararse es que la Constitución también establece el mecanismo para que, en caso de que exista una mayoría especial en ambas cámaras, pueda primar la voluntad del Congreso, que representa al pueblo de la Nación y de las provincias”, explicó.

La experta señaló que, aunque el decreto de veto es uno solo, abarca tres leyes. “Es un decreto extenso, de 18 páginas, que reúne todas las objeciones. La lectura que hace el Ejecutivo es eminentemente económica: se apoya en la ley de Administración Financiera, que exige que todo proyecto con gasto indique de dónde saldrán los fondos”, dijo.

En ese sentido, el Gobierno invocó el compromiso de equilibrio fiscal asumido por los gobernadores en el Pacto de Mayo como justificación. “Ese fue uno de los argumentos centrales. Pero la situación hoy es cambiante y estamos ante un tironeo político, donde el costo lo paga la ciudadanía”, advirtió.

CONGRESO. CONGRESO.

Los pasos constitucionales

Fontán detalló que el Congreso tiene la posibilidad de rechazar el veto, aunque el camino no es sencillo. “Primero, la iniciativa vetada debe volver a la Cámara de origen, que en este caso es Diputados. Allí, para insistir, se necesita una mayoría de dos tercios de los presentes. Si se logra, pasa al Senado, donde se requiere la misma mayoría. Si ambas cámaras insisten, la ley queda sancionada y el Ejecutivo está obligado a promulgarla”, explicó.

Además, recordó que la votación debe ser nominal y con fundamentos públicos. “La Constitución prevé que los argumentos de cada legislador se publiquen para que la ciudadanía conozca quién votó qué y por qué. Es una forma de resguardar el principio democrático”.

En cuanto a los tiempos, aclaró: “No hay plazos constitucionales. Es la reglamentación interna del Congreso la que fija cuándo tratarlo. Aunque por la gravedad institucional del tema, todo indica que será abordado con rapidez”.

¿Judicialización en puerta?

La especialista también advirtió que, si el Congreso logra revertir el veto, el Gobierno podría judicializar la cuestión. “Eso podría suceder una vez que empiecen a implementarse las leyes. El Ejecutivo podría argumentar que son nulas por violar la ley de administración financiera. Pero también hay que decir que muchos gastos políticos se siguen haciendo sin previsión presupuestaria”, apuntó.

Por último, Fontán recordó que estas situaciones de confrontación institucional son poco frecuentes en la historia reciente. “Lo que ocurre ahora tiene que ver con una debilidad inédita en la representación legislativa del oficialismo. Nunca antes un presidente tuvo tan pocos representantes propios en el Congreso. Y eso activa resortes constitucionales que hasta ahora habían estado dormidos, como ocurrió con el rechazo de un DNU por primera vez en democracia”, concluyó.

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