Senado: el kirchnerismo quiere debatir una ley para que nadie en el Estado gane más que Milei

Senado: el kirchnerismo quiere debatir una ley para que nadie en el Estado gane más que Milei

Pidió una sesión especial para el jueves 2 de mayo.

Senado: el kirchnerismo quiere debatir una ley para que nadie en el Estado gane más que Milei
22 Abril 2024

Tras el polémico aumento de dietas que se aprobó días atrás en el Senado, el bloque kirchnerista pidió una sesión especial para el jueves 2 de mayo con el objetivo de tratar un proyecto para que nadie en el Estado gane más que el Presidente.

El temario de esa sesión especial incluye la emergencia presupuestaria de universidades durante 2024 -elevar inversión a $5,8 billones-; el incremento progresivo de dichas partidas para llevar al 1,4% del Producto Bruto Interno a 2032; y la reglamentación del precio de adquisición de energía por parte de las distribuidoras de energía a CAMESA S.A., consignó Infobae.

El bloque que lidera José Mayans tiene 33 legisladores, a cuatro del quórum. Para concretar la reunión en el recinto necesitará la ayuda de la oposición no kirchnerista, donde se encuentran el PRO, la UCR, el peronismo disidente y bloques provinciales silvestres que se encuentran, semana a semana, en tironeos y negociaciones constantes con la administración nacional.

La iniciativa de Mayans fue presentada a inicios del corriente mes e impone que el Presidente de la Nación tiene que tener un haber establecido en 20 salarios mínimo vital y móvil. Ese será el máximo que se aplicará a los miembros de los tres poderes del Estado, órganos extrapoderes, organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional, y empresas y sociedades del Estado. Como el salario mínimo hoy está en $202.800, el del primer mandatario quedaría establecido en $4.056.000.

En cuanto a quienes se desempeñan como autoridades superiores y jerárquicas como ministros, secretarios, subsecretarios y cargos equivalentes del Poder Ejecutivo Nacional, funcionarios y cargos jerárquicos de todas las jurisdicciones y entidades comprendidas en los incisos a), b), c), y d) del artículo 8º de la Ley 24.156, incluyendo al Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados (INSSJP), el Banco Central de la República Argentina, la Administración Federal de Ingresos Públicos, los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público de la Defensa, del Ministerio Público Fiscal y del Poder Legislativo, sus remuneraciones no podrán superar 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, por todo concepto.

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