Los nuevos jubilados percibirán haberes 16,3% más altos

Los nuevos jubilados percibirán haberes 16,3% más altos

Nuevo índice de actualización de haberes

Los nuevos jubilados percibirán haberes 16,3% más altos
29 Junio 2016
El Gobierno nacional determinó un nuevo índice de actualización de las jubilaciones y las pensiones, con el objeto de frenar la generación masiva de juicios contra el Estado por liquidación errónea de haberes. Esta medida permitirá que las remuneraciones de quienes se jubilen a partir de agosto serán un 16,3% más altos a los que se pagan en la actualidad, según anunció ayer el director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Emilio Basavilbaso.

“El Presidente (Mauricio Macri) firmó un decreto para que a partir de ahora la Anses empiece a jubilar con los parámetros correctos. Aquellos trabajadores en relación de dependencia que se jubilen desde agosto tendrán un haber más alto: en promedio, será un 16,3% más para las personas que hayan aportado”, dijo el funcionario, quien aclaró: “lo que pasaba era que la Ley de Movilidad recién se aprobó en 2009. Antes de esa fecha, para calcular el primer haber, se utilizaban valores menores”.

En un comunicado, el organismo indicó que, en promedio, incluyendo a los jubilados por moratoria, el incremento será de un 8,5% en el haber de todos los jubilados. Aunque la mejora se incrementará al 16,3% cuando se considera a los jubilados alcanzados de forma directa por la medida. “Queremos aumentar las jubilaciones durante 2016, ese va a ser nuestro objetivo de acá hasta fin de año”, enfatizó Basavilbaso.

Mediante el decreto 807/2016, se estableció un cambio en el cálculo del índice de actualización de las remuneraciones de los afiliados al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), que comenzará a aplicarse para las remuneraciones que deban considerarse para el cálculo de las prestaciones previsionales que se otorguen con alta mensual agosto. El nuevo cálculo se realizará aplicando, en toda la extensión del período, índices salariales que reflejen la evolución de las remuneraciones, corrigiendo el problema señalado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación de falta de actualización o insuficiente entre 1991 y la Ley de Movilidad Jubilatoria. Se trata de las remuneraciones que son tomadas en cuenta para calcular la jubilación, mejorando coeficientes actuales.

Los sueldos de los últimos 10 años anteriores a la jubilación, que se utilizan como referencia para el cálculo de la primera jubilación, deberán actualizarse del siguiente modo: hasta el 31 de marzo de 1995 por el Índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR); entre el 1 de abril de 1995 y el 30 de junio de 2008, por las variaciones de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte); posteriormente, por la Ley de Movilidad que empezó a aplicarse en marzo de 2009 y que ajusta los haberes dos veces por año, en marzo y septiembre.

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